SOCIEDAD MEDICA UROLOGICA UROLIT LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de octubre de 2021
- Notario
- GERARDO ANDRÉS CARVALLO CASTILLO
- Domicilio
- Rancagua
- Comuna
- Pública de Rengo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGERARDO ANDRÉS CARVALLO CASTILLO, Notario Público de Rancagua, con oficio en la comuna de Machalí, Las Rosas número 5, local 6, certifico: por escritura pública de fecha 15 de octubre de 2021, rectificada por la escritura pública de fecha 5 de noviembre de 2021, ambas ante mí, CAYETANO TOMAS CÉSAR RENDIC RIVEROS, también conocido como Cayetano Tomás Rendic Riveros, domiciliado en Carretera el Cobre número ochocientos ochenta y cuatro, oficina veintidós, Comuna de Rancagua Provincia de Cachapoal, Región de O´Higgins, y MARCIA XIMENA LARA HADI, domiciliada en Carretera el Cobre número ochocientos ochenta y cuatro, oficina veintidós, Comuna de Rancagua Provincia de Cachapoal, Región de O´Higgins, modificaron la “SOCIEDAD MEDICA UROLOGICA UROLIT LIMITADA” constituida por escritura pública de 30 junio 2017 ante el notario de Rengo don Edmundo Antonio Figueroa Álvarez, inscrita fojas 664 Nº 480 del Registro de Comercio de Rancagua del año 2017. Modificaciones consisten: a) CAYETANO TOMAS RENDIC RIVEROS, vende cede y transfiere, valor $3.750.000.- pagado este acto contado y dinero efectivo, a MARCIA XIMENA LARA HADI, quien compra y adquiere para sí, el 93.75% de sus derechos equivalentes 75% de derechos sociales. Consecuencia de los anterior, se modifica los porcentajes de los derechos sociales de la siguiente forma: MARCIA XIMENA LARA HADI y CAYETANO TOMAS RENDIC RIVEROS, con 95% y 5% derechos y haberes sociales, respectivamente. b) Se modifica la administración y uso de razón social el cual corresponderá única y exclusivamente al socio MARCIA XIMENA LARA HADI, detentará la representación legal quien anteponiendo su firma a la razón social obligará y representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad en los actos y términos de escritura pública de constitución de sociedad de fecha treinta de junio de dos mil diecisiete, otorgada en la Notaria Pública de Rengo de don Edmundo Antonio Figueroa Álvarez. Queda vigente pacto social en todo lo demás. Otras estipulaciones en escrituras extractadas. Machalí, 8 de noviembre de 2021.