INMOBILIARIA SANTA BETTY SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de noviembre de 2021
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- ley Nº 20.192
Objeto social
El objeto de la sociedad será el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, compraventa de sitios y otros inmuebles; la demolición de edificios y construcciones de cualquier especie; el estudio y construcción ya sea por cuenta propia o ajena, de casas, edificios y otros; la representación de firmas nacionales o extranjeras; la construcción de condominios, por cuenta propia o ajena; la compraventa de toda clase de inmuebles; la gestión de corretaje de propiedades, de arrendamiento y de uso de condominios; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden y cualquier actividad comercial, económica o de cualquier tipo relacionada con lo anterior y que sea necesario para el funcionamiento de la sociedad, tales como joint venture, asociaciones con empresas extranjeras, obtención de licencias u otros que los socios determinen. Para estos objetivos la sociedad podrá adquirir bienes raíces y toda clase de vehículos, cualquier derecho sobre ellos, edificarlos y mejorarlos, darlos o tomarlos en arriendo, enajenarlos, hipotecarlos y grabarlos en cualquier forma, adquirir negocios en marcha, concesiones, marcas y patentes; incorporarse como socia en sociedades de cualquier tipo y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos con personas naturales o jurídicas, privadas o estatales, que sean conducentes a la realización de los objetivos sociales
Administración
La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don Ricardo Andrés Venegas Salinas, rut 8.128.529-2
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, titular 43ª Notaria, Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica: por escritura con fecha 05/11/2021, ante mí, doña Betty Del Carmen Salazar Escalona, rut : 9.173.935-6, casada, empresaria, con domicilio en Volcanes del Lago 2 Parcela 83, Puerto Varas; doña Paola Andrea Venegas Salazar, rut : 13.896.995-9, soltera, ingeniera comercial, con domicilio en San Pedro 309, Puerto Varas; don Ricardo Mauricio Venegas Salazar, rut : 15.707.039-8, casado, ingeniero en administración de empresas, con domicilio en Santa Herminia 1201, Casa 49, Padre Hurtado; y don Andrés Jesús Venegas Salazar, rut : 18.932.719-6, soltero, abogado, con domicilio en Santa Herminia 1201 Casa 47, Padre Hurtado; constituyen sociedad por acciones al tenor de lo prescrito por la ley Nº 20.192 y los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, en los siguientes términos: NOMBRE : El nombre de la sociedad será “INMOBILIARIA SANTA BETTY SpA”,-DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencia y/o sucursales en el país o extranjero.- DURACION :Indefinida. OBJETO: El objeto de la sociedad será el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, compraventa de sitios y otros inmuebles; la demolición de edificios y construcciones de cualquier especie; el estudio y construcción ya sea por cuenta propia o ajena, de casas, edificios y otros; la representación de firmas nacionales o extranjeras; la construcción de condominios, por cuenta propia o ajena; la compraventa de toda clase de inmuebles; la gestión de corretaje de propiedades, de arrendamiento y de uso de condominios; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden y cualquier actividad comercial, económica o de cualquier tipo relacionada con lo anterior y que sea necesario para el funcionamiento de la sociedad, tales como joint venture, asociaciones con empresas extranjeras, obtención de licencias u otros que los socios determinen. Para estos objetivos la sociedad podrá adquirir bienes raíces y toda clase de vehículos, cualquier derecho sobre ellos, edificarlos y mejorarlos, darlos o tomarlos en arriendo, enajenarlos, hipotecarlos y grabarlos en cualquier forma, adquirir negocios en marcha, concesiones, marcas y patentes; incorporarse como socia en sociedades de cualquier tipo y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos con personas naturales o jurídicas, privadas o estatales, que sean conducentes a la realización de los objetivos sociales. CAPITAL: $10.000.000, que son aportados de la siguiente forma por los socios: A) Doña Betty del Carmen Salazar Escalona, aporta $2.500.000.- , divididos en veinticinco mil acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, los que equivalen al veinticinco por ciento de los derechos sociales; B) doña Paola Andrea Venegas Salazar, aporta $2.500.000.-, divididos en veinticinco mil acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, los que equivalen al veinticinco por ciento de los derechos sociales; C) don Ricardo Mauricio Venegas Salazar, aporta $2.500.000.-, divididos en veinticinco mil acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, los que equivalen al veinticinco por ciento de los derechos sociales; y D) don Andrés Jesús Venegas, aporta $2.500.000.-, divididos en veinticinco mil acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, los que equivalen al veinticinco por ciento de los derechos sociales. Administración: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don Ricardo Andrés Venegas Salinas, rut 8.128.529-2. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 05 de noviembre de 2021.