MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CAPITAL INVESTMENTS SpA

RUT 77136384-9 CVE 2039004
Fecha instrumento
5 de noviembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de noviembre de 2021
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
10° Notaria Santiago
Comuna
Santiago

Administración

- OCTAVO: La administración de la sociedad y el uso del nombre o razón social corresponderá a don RAMÓN LUIS YAVAR BASCUÑÁN, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad con amplias facultades que constan en escritura extractada”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular 10° Notaria Santiago, Agustinas 1235, segundo piso, certifica: Por escritura pública extendida con fecha 05.11.2021, ante mí, se redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas, celebrada con fecha 03.11.2021, con la asistencia del 100% de los Accionistas y asistencia del Notario Público Titular de la 10° Notaría de Santiago Valeria Ronchera Flores; de CAPITAL INVESTMENTS SpA, sociedad constituida por escritura pública de fecha 28.02.2020, e inscrita a fojas 18.110 N° 9.154 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2020; de la siguiente manera. Por unanimidad de los asistentes a la Junta se acordó: 1) Aprobar la modificación de la Razón Social de la Sociedad, regulada en el artículo primero de los estatutos sociales, para que pase a ser CANTAGUA CORP SpA. 2) Aprobar modificación de la administración de la Sociedad; para que pase a ser administrada por don RAMÓN LUIS YAVAR BASCUÑÁN, con amplias facultades. 3) Reemplazar el artículo Primero de los estatutos sociales, sustituyéndolo por el siguiente: “PRIMERO: Por este acto se constituye una sociedad por acciones con el nombre de CANTAGUA CORP SpA.” 4)Reemplazar el artículo OCTAVO de los estatutos sociales, sustituyéndolo por el siguiente: “DE LA ADMINISTRACIÓN.- OCTAVO: La administración de la sociedad y el uso del nombre o razón social corresponderá a don RAMÓN LUIS YAVAR BASCUÑÁN, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad con amplias facultades que constan en escritura extractada”. Demás estipulaciones constan de escritura que extracto. Santiago, a 05 de noviembre de 2021.