CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Remesas y Transferencias Limitada

RUT 76582928-3 CVE 2038070
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de octubre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de octubre de 2021
Repertorio
20708-2021
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
Trigésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
La duración de la sociedad será de 5 años a contar de esta fecha plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo, con 6 meses de anticipación al cumplimiento del período de vigencia de la sociedad o de alguna de sus renovaciones. d)

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto, en Chile o en el extranjero, por cuenta propia o de terceros, y pudiendo actuar a nombre propio, las siguientes actividades, actos jurídicos y operaciones vinculadas a la prestación de los siguientes servicios: /a) remesas y transferencias de dinero y valores a nivel nacional en la República de Chile, como también desde y hacia el extranjero; y /b) los demás servicios y actividades complementarias, conexas o afines a los anteriores que los socios puedan acordar de tiempo en tiempo. c)

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ambas socias actuando conjuntamente, representadas al efecto por las personas que ellas designan a estos propósitos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°979, oficina 501, comuna de Santiago, Región Metropolitana. Certifico que: Por escritura pública de fecha 29 de octubre de 2021, Repertorio 20.708-2021, ante mí, INVERSIONES CORONA S.A., RUT. 76.582.928-3 con domicilio en Avenida Vicuña Mackenna Nº 7.255, oficina 404, comuna de La Florida, Región Metropolitana; y SCHUPPER S.A., RUT.92.653.000-3, con domicilio en calle Moneda Nº 812, oficina 1005, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos sociales extracto lo siguiente: a) Razón social: “Remesas y Transferencias Limitada”, sin perjuicio que podrá usar para fines comerciales, de propaganda y de toda otra índole, incluso ante bancos el nombre de fantasía “Remesas y Transferencias”. b) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, en Chile o en el extranjero, por cuenta propia o de terceros, y pudiendo actuar a nombre propio, las siguientes actividades, actos jurídicos y operaciones vinculadas a la prestación de los siguientes servicios: /a/ remesas y transferencias de dinero y valores a nivel nacional en la República de Chile, como también desde y hacia el extranjero; y /b/ los demás servicios y actividades complementarias, conexas o afines a los anteriores que los socios puedan acordar de tiempo en tiempo. c) Duración: La duración de la sociedad será de 5 años a contar de esta fecha plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo, con 6 meses de anticipación al cumplimiento del período de vigencia de la sociedad o de alguna de sus renovaciones. d) Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecerse en otras ciudades del país o en el extranjero. e) Capital: $5.000.000.- que los socios han aportado en las siguientes proporciones: /a/ INVERSIONES CORONA S.A., la cantidad de $4.950.000.-, que representan el 99% del capital social; y /b/ SCHUPPER S.A., la cantidad de $50.000.-, que representan el 1% del capital social. Ambos aportes son pagados al contado y en dinero efectivo en este acto. f) Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ambas socias actuando conjuntamente, representadas al efecto por las personas que ellas designan a estos propósitos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 04 de noviembre de 2021. IVÁN TORREALBA ACEVEDO NOTARIO PÚBLICO.