MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PINK LIMITADA

RUT 76032578-3 CVE 2037446
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
25 de octubre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de octubre de 2021
Notario
María Soledad Santos Muñoz
Oficio
7ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Soledad Santos Muñoz, Notario Público, de la 7ª Notaría de Santiago, con Oficio en Agustinas 1161, entrepiso, comuna de Santiago, certifico, Por escritura pública de 25 DE Octubre de 2021, ante mí: Don NELSON ANDRES BARAHONA GONZALEZ, chileno, soltero, Ingeniero Comercial, Doña PAULINA ANDREA OLIVARES VALDES, chilena, soltera, Factor de Comercio, Doña ELENA DEL ROSARIO VALDES ARAVENA, chilena, casada, Factor de Comercio, Doña ANA LUZ GONZALEZ CAMPOS, chilena, soltera, Profesora de Estado, Doña CAROLINA IVETTE BARAHONA GONZALEZ, chilena, soltera, Factor de Comercio, Don CLODOMIRO ENRIQUE OLIVARES SANDOVAL, chileno, casado, comerciante, todos domiciliados en Avenida Parque Central Oriente número 510, comuna de Maipú, Región Metropolitana vienen en modificar la escritura de constitución de sociedad de responsabilidad limitada "PINK LIMITADA”, constituida por escritura pública de 17 de enero del año 2008, ante el Notario Don SERGIO HENRIQUEZ SILVA, abogado, Notario Público Titular de la 20 Notaria de Santiago, con oficio en calle Teatinos número 331, Santiago, inscrita en C.B.R. de Santiago, fojas 33423, N° 22934, Año 2008; MODIFICACIÓN CONSISTE: NUEVA RAZON SOCIAL: El nuevo nombre o razón social de la sociedad será “IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA LIKESHOP LIMITADA" sin embargo podrá actuar sin limitación alguna ante cualquier organismo, institución pública o privada, Servicio de Impuestos Internos, Bancos e Instituciones Financieras, con el nuevo nombre de fantasía de "LIKESHOP LTDA”; CESIONES DE DERECHOS: Con el consentimiento de los socios, se efectúan la siguiente cesión de derechos: Por este acto, Doña ELENA DEL ROSARIO VALDES ARAVENA, vende, cede y transfiere el total de su participación social, que corresponden a $10.000 del capital social, equivalente al 10% del capital total a Don NELSON ANDRES BARAHONA GONZALEZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la cantidad de $10.000, suma que Don NELSON ANDRES BARAHONA GONZALEZ paga a Doña ELENA DEL ROSARIO VALDES ARAVENA en efectivo y al contado, declarando este último haberlo recibido a su entera y total satisfacción; Por este acto, Doña ANA LUZ GONZALEZ CAMPOS, vende, cede y transfiere el total de su participación social, que corresponden a $10.000 del capital social, equivalente al 10% del capital total, a Don NELSON ANDRES BARAHONA GONZALEZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la cantidad de $10.000, suma que Don NELSON ANDRES BARAHONA GONZALEZ paga a Doña ANA LUZ GONZALEZ CAMPOS en efectivo y al contado, declarando este último haberlo recibido a su entera y total satisfacción; Por este acto, Doña CAROLINA IVETTE BARAHONA GONZALEZ, vende, cede y transfiere el total de su participación social, que corresponden a $10.000 del capital social, equivalente al 10% del capital total a Doña PAULINA ANDREA OLIVARES VALDES, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la cantidad de $10.000, suma que Doña PAULINA ANDREA OLIVARES VALDES paga a Doña CAROLINA IVETTE BARAHONA GONZALEZ en efectivo y al contado, declarando este último haberlo recibido a su entera y total satisfacción; Por este acto, Don CLODOMIRO ENRIQUE OLIVARES SANDOVAL, vende, cede y transfiere el total de su participación social, que corresponden a $10.000 del capital social, equivalente al 10% del capital total a Doña PAULINA ANDREA OLIVARES VALDES, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la cantidad de $10.000, suma que Doña PAULINA ANDREA OLIVARES VALDES paga a Don CLODOMIRO ENRIQUE OLIVARES SANDOVAL en efectivo y al contado, declarando este último haberlo recibido a su entera y total satisfacción; Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 04 de Noviembrede 2021.