MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL COYOTE LIMITADA

RUT 76042779-9 CVE 2037412
Capital
$410.740.591 CLP
Fecha instrumento
10 de septiembre de 2021
Notaría
San Joaquín

Instrumento

Fecha
10 de septiembre de 2021
Notario
ANA MARIA GARATE
Oficio
Primera Notaria de San Joaquín
Comuna
San Joaquín

Sociedad

Capital
$410.740.591 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANA MARIA GARATE, Notario Público Interino de la Primera Notaria de San Joaquín, Vicuña Mackenna N° 3125, San Joaquín, certifico: Por escritura pública de fecha 10 de septiembre de 2021, siendo Notario Público Titular de este oficio don Sergio Fernando Rodríguez Uribe, JOSÉ GARCÍA GONZÁLEZ, SEBASTIÁN ANDRÉS GARCÍA SABA y JOSÉ MIGUEL GARCÍA SABA, todos domiciliados en Domingo Arteaga número 276, comuna de Macul, modificaron los estatutos de “COMERCIAL COYOTE LIMITADA”, inscrita a fojas 58.981, número 40.889, del Registro de Comercio de Santiago del año 2008, en el sentido siguiente: 1) JOSÉ GARCÍA GONZÁLEZ vendió, cedió y transfirió a JOSÉ MIGUEL GARCÍA SABA, quien compró, aceptó y adquirió para sí, el total de los derechos sociales de que es dueño en COMERCIAL COYOTE LIMITADA, equivalentes al 10% del total de los derechos sociales de la referida compañía. El precio de la cesión de derechos fue la suma única y total de $50.000.000.-, pagados en el acto, de contado y en dinero en efectivo.- 2) Presente en el acto el socio de COMERCIAL COYOTE LIMITADA, quien aceptó expresamente la cesión de derechos sociales y la salida del socio JOSÉ GARCÍA GONZÁLEZ, quedando, en consecuencia, las participaciones en los derechos y capital social distribuidos en la siguiente forma: SEBASTIÁN ANDRÉS GARCÍA SABA con el 60% y JOSÉ MIGUEL GARCÍA SABA con el 40%.- 3) Modificaron la cláusula QUINTO relativa a capital social de la sociedad, quedando de la siguiente manera: Capital: $410.740.591.- el cual se aportó de la siguiente forma: a) SEBASTIÁN ANDRÉS GARCÍA SABA aportó la suma equivalente al 60% del total de los derechos sociales, íntegramente pagados e ingresados en arcas sociales con anterioridad; y b) JOSÉ MIGUEL GARCÍA SABA aportó la suma equivalente al 40% del total de los derechos sociales, íntegramente pagados e ingresados en arcas sociales con anterioridad.- Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- 4) Modificaron la cláusula CUARTO relativa a la administración de la sociedad, quedando de la siguiente forma: La administración, representación y el uso de la razón social de la compañía corresponderá a JOSÉ GARCÍA GONZÁLEZ, SEBASTIÁN ANDRÉS GARCÍA SABA y JOSÉ MIGUEL GARCÍA SABA, quienes podrán actuar en forma separada e indistintamente en calidad de administradores estatutarios, con las más amplias facultades y sin limitación alguna.- Demás estipulaciones escritura extractada.- San Joaquín, 10 de septiembre de 2021.