CENTRO DE CAPACITACION UCT LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de noviembre de 2021
- Repertorio
- 12085-21
- Notario
- CAROL RAFIDE CUADRA
- Domicilio
- Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCAROL RAFIDE CUADRA, Notario Público de Temuco, Suplente de la Titular doña ESMIRNA VIDAL MORAGA, oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas N°979, CERTIFICO: Por escritura pública otorgada Ante la Notario Titular doña Esmirna Vidal Moraga en fecha 03 de Noviembre de 2021, anotada bajo el repertorio N°12.085-21,doña Sylvia Elizabeth Oyarce Espinoza, representación sociedad “"Estudios, Asesoría e Inversiones Universidad Católica de Temuco Sociedad Anónima" o "EMPRESAS UCT S.A", y sociedad " Jardín Infantil Angelito Limitada", modifica y refunde razón social sociedad “ CENTRO DE CAPACITACION UCT LIMITADA” o "CAPACITACION UCT LTDA” constituida escritura pública 25 marzo 2003 ante Notario de Temuco Vicente Villarroel Ramírez, suplente titular Marcelo Gay Pasche, extracto inscrito fs. 267 vta. No. 250 Registro Comercio Temuco año 2003: en cláusula 2ª. modifica y refunde objeto social sustituyéndolo íntegramente en cláusula cuarta del pacto social por el siguiente: “CUARTO: El objeto social será la prestación de servicios de capacitación destinados a promover, facilitar, fomentar y desarrollar las aptitudes, habilidades y grados de conocimiento a ejecutivos, mandos medios, personal especializado y/o calificado, y trabajadores en general, ya sea a través de seminarios, charlas, cursos, conferencias y talleres, en las diversas áreas de la productividad; la prestación de los mismos servicios en forma directa o a través de Convenios y) o Contratos con Instituciones Públicas, Municipales y) o Privadas, a personas naturales y jurídicas, sean estas de carácter regional, nacional e internacional, ya sea por medio de contratos directos o de aquellos regidos por el sistema de Compras Públicas de la Ley número diecinueve mil ochocientos ochenta y seis y su reglamento o/y la normativa que la reemplace, por fondos concursables para capacitación de entidades públicas o privadas, por convenios por franquicia SENCE o similares, y cualquier otro objeto que los socios acuerden y que esté directa o indirectamente relacionado con los anteriores”. Estatuto actual sociedad regirá plenamente en todo lo no modificado por presente instrumento. Demás estipulaciones en escritura extractada. Doy Fe.- Temuco, 04 de Noviembre de 2021.