Inversiones Maratón Limitada
Instrumento
- Fecha
- 29 de octubre de 2021
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Inversiones Maratón Limitada | socio | 77914150-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N°979, Of.501, comuna de Santiago, certifico que con fecha 5 de octubre de 2021, comparecieron ante mí suplente, los socios de Inversiones Maratón Limitada, Rol Único Tributario N°77.914.150-0, inscrita a Fojas 10.156, Número 7.938 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2003 (la “Sociedad”), a saber: i) Gabriel Ruiz Tagle Correa; e ii) Inversiones III Limitada, ambos debidamente representados, y domiciliados en Avenida Las Condes número 11.400, oficina 101, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, quienes suscribieron una escritura pública de modificación de estatutos de la Sociedad, específicamente en lo relativo a su administración, reemplazando en el artículo séptimo de sus estatutos sociales, la frase “La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio don Gabriel Ruiz-Tagle Correa, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y entre ellas las que se indican a continuación por vía meramente enunciativa y no taxativa y las ejercerá anteponiendo su firma a la razón social.” Por “El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a los señores Felipe Santiago Baraona Undurraga, Gabriel Ruiz-Tagle Barros, José Tomás Ruiz-Tagle Barros, Matías Ruiz-Tagle Barros, Ignacio Ruiz-Tagle Barros, José Rodrigo Ruiz-Tagle Barros y Miguel Ruiz-Tagle Barros, actuando dos cualesquiera de ellos conjuntamente. Los administradores, actuando de la forma antes señalada y anteponiendo a su firma la razón social de la Sociedad, gozarán de amplias facultades de administración y disposición de bienes, podrán ejercer todas y cada una de las facultades indicadas en el presente artículo sin limitación alguna, y estarán investidos, sin que esta enumeración sea taxativa o limitativa, para representar a la Sociedad, con las siguientes facultades;”. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile 29 de octubre de 2021.