MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Pandora Jewelry Chile SpA

RUT 76746157-7 CVE 2036030
Capital
$1.500 CLP
Fecha instrumento
7 de octubre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de octubre de 2021
Repertorio
19314-2021
Notario
Iván Torrealba Acevedo
Oficio
33ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.500 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Iván Torrealba Acevedo, Notario Público Titular de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, Oficina 501, comuna y ciudad de Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 7 de octubre de 2021, repertorio N°19.314-2021, ante mí, Roberto Guerrero Valenzuela, en representación de Pandora A/S, como único accionista de Pandora Jewelry Chile SpA (la “Sociedad”), modificó los estatutos de la Sociedad en el siguiente sentido: Disminuir el capital social en la suma de $1.500.000 Dólares de los Estados Unidos de América, esto es, de la suma de $4.999.970 Dólares de los Estados Unidos de Ámerica dividido en 499.997 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal a la suma de $3.499.970 Dólares de los Estados Unidos de Ámerica dividido en 499.997 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Para estos efectos se reemplazan los Artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es de tres millones cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos setenta dólares de Estados Unidos de América, dividido en cuatrocientas noventa y nueve mil novecientas noventa y siete acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscrito y pagado en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos.” y “Artículo Primero Transitorio: El capital social es ascendente a tres millones cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos setenta dólares de Estados Unidos de América, dividido en cuatrocientas noventa y nueve mil novecientas noventa y siete acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado”. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 29 de octubre de 2021.