MODIFICACIÓN Cooperativa

SOCIEDAD COOPERATIVA DE HUERTOS FAMILIARES MAPUHUE LTDA.

CVE 2035132
Fecha instrumento
26 de octubre de 2021

Instrumento

Fecha
26 de octubre de 2021
Notario
Evelyn Sanchez Tapia
Oficio
Quinta Notaría de la comuna de La Cisterna

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Evelyn Sanchez Tapia, Notario Público, titular de la Quinta Notaría de la comuna de La Cisterna, Certifica que fue reducida a escritura pública con fecha veintiséis de octubre de dos mil veintiuno, y anotada bajo el repertorio número novecientos ochenta y uno diagonal dos mil veintiuno, a solicitud de don Andres Villablanca Figueroa, Abogado, domiciliado en calle Nueva York cincuenta y tres de la comuna de Santiago, El Acta de la Asamblea General Extraordinaria de Socios, de la SOCIEDAD COOPERATIVA DE HUERTOS FAMILIARES MAPUHUE LTDA., verificada en Mapuhue, con fecha diez de octubre de dos mil veintidós, en donde se debatieron dos reformas estatutarias, I.- La primera reforma, al artículo tercero, relativo a la duración de la sociedad , aprobada por treinta y cuatro votos, con el siguiente texto: Tercero: La Cooperativa tendrá una duración de cinco años a partir de la fecha de la presente junta, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. Lo anterior, se acuerda sin perjuicio de lo acordado en la fecha de constitución de la Cooperativa y sus modificaciones posteriores.II.- La segunda reforma, al artículo cuarenta y seis letra k) del estatuto social, relativo las facultades del consejo de administración, aprobada con cuarenta y cinco votos con el siguiente texto : letra k) Solo comprar inmuebles dentro del sector de Mapuhue, pudiendo enajenar la totalidad de sus inmuebles con la sola excepción de no enajenar el Rol siete mil noventa y cinco guion diez, ya que en la enajenación de ella requerirá autorización de la Junta General. En todo caso el producto de cualquier venta inmobiliaria, deberá ser repartida entre los socios vigentes con cuotas al día, deducción de los gastos ocasionados por la venta y regularización de los predios, debiendo reservar una cantidad suficiente para el desarrollo de los fines sociales. Contratar préstamos o mutuos y constituir las garantías hipotecarias necesarias. Esta limitación de compra o venta no será aplicable a las enajenaciones realizadas a sociedades en donde la Cooperativa tenga la propiedad mayoritaria de la misma. El total de asistentes con derecho a voto fue de cincuenta y dos sufragantes. CAPITAL ESTATUTARIO: CINCUENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS.- Demás estipulaciones en escritura extractada. La Cisterna, 26 de octubre de 2021. Evelyn Sánchez Tapia, Notario Público Titular.