SAN BARTOLOMÉ SPORTS SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de octubre de 2021
- Repertorio
- 2628-2021
- Notario
- ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE
- Oficio
- Sexta Notaría de La Serena
- Comuna
- La Serena
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de La Serena, con domicilio en Huanhualí N° 324 de esta ciudad, certifica: Por escritura pública Repertorio Nº 2.628-2021 de fecha 28 de Octubre del año 2021, ante mí, comparece don FELIPE ANDRÉS RIOSECO YÁÑEZ, domiciliado en calle Cordovez N°540, oficina 302, La Serena, sanea escritura pública y extracto de modificación de sociedad, otorgada por escritura pública suscrita con fecha 28 de mayo de 2021 ante el notario público de La Serena don Alejandro Viada Ovalle, publicada en extracto en el D.O. N°42.980, respecto de la sociedad SAN BARTOLOMÉ SPORTS SpA, constituida como empresa individual de responsabilidad limitada empresa individual de responsabilidad limitada “ANDRÉS ALBERTO LEIVA MCKENDRICK SERVICIOS DE KINESIOLOGÍA, EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” o ”KINESIOLOGÍA LA SERENA E.I.R.L.”, R.U.T. 76.335.586-1, por escritura pública de 23 de septiembre de 2013, otorgada ante notario de La Serena, Oscar Fernández Mora, extracto publicado en D.O. N°40.667, de 26 de septiembre de 2013, inscrita fojas 1.841 bajo el N°938 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, correspondiente al año 2013; transformada en sociedad por acciones por medio de escritura pública de 10 de junio de 2019, otorgada ante notario de La Serena, John Gallardo Gómez, suplente del titular Oscar Fernández Mora, extracto publicado en el D.O. 42.385, inscrita fojas 673 N°236, Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, correspondiente año 2019; modificada por escritura pública de 14 de enero de 2020, extracto publicado en el D.O. 42.573, inscrita fojas 143 N° 53, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, correspondiente al año 2020; modificación de 28 de mayo de 2021 que no fuera inscrita dentro de los plazos que la ley contempla, por lo que por el instrumento extractado, y en la representación que invisto y haciendo uso de la facultad que otorga el artículo cuatrocientos veintiocho del Código de Comercio en relación con la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve de once de abril de mil novecientos noventa y siete, el compareciente, viene en otorgar la presente escritura de saneamiento del vicio formal en que se incurrió por la omisión de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo dentro del plazo legal, entendiéndose reproducida en todas sus partes la escritura de modificación social que se sanea por el presente. Con el otorgamiento de la presente escritura de saneamiento se entienden subsanados los vicios que se cometieron en la escritura y extracto de modificación de la sociedad por acciones. Demás estipulaciones constan escritura extractada, La Serena, 29 de Octubre del año 2021.