MINERÍA INDIANA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de octubre de 2021
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- 8° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $420.310.676 CLP
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Minería Activa Uno SpA | socio | 76054134-6 | — | — | |
| Administradora Inversiones Mineras S.A | socio | 76142725-3 | — | — | |
| Fondo de Inversión Privado Indiana | socio | 76200014-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular de la 8° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N° 941, comuna de Santiago, certifico, que por escritura pública de fecha 22 de octubre de 2021, repertorio número 19816-2021, ante mí, i) don José Antonio Jiménez Martínez, C.I. N° 7.050.878-8, y don Aníbal José Larraín Cruzat, C.I. N° 7.011.886-6, ambos en representación de Minería Activa Uno SpA, RUT N° 76.054.134-6, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N°5.335, piso 21, oficina 2.104, comuna de Las Condes, y ii) don José Antonio Jiménez Martínez, y don Aníbal José Larraín Cruzat, ambos previamente individualizados, en representación de Administradora Inversiones Mineras S.A., RUT N° 76.142.725-3 en su calidad de sociedad administradora de Fondo de Inversión Privado Indiana, RUT N° 76.200.014-8, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N°5.335, piso 21, oficina 2.104, comuna de Las Condes; todos los anteriores en adelante conjuntamente como los “Socios”, acordaron modificar los estatutos de la sociedad MINERÍA INDIANA LIMITADA, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 11.029, N° 7.740 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2012, en el siguiente sentido: /A/ Se aumentó el capital de la Sociedad en la suma de $420.310.676, esto es, de la suma de $6.914.273.247 a la suma de $7.334.583.923. El aumento de capital fue pagado y aportado en su totalidad por el socio Fondo de Inversión Privado Indiana; /B/ Como consecuencia del aumento de capital, quedan como únicos y exclusivos socios de la Sociedad los siguientes: i) el socio Minería Activa Uno SpA, con un 0,004Þ los derechos sociales, equivalentes a $324.090 y; ii) el socio Fondo de Inversión Privado Indiana, con un 99,996Þ los derechos sociales, equivalentes a $7.334.259.833; y C) En virtud del aumento de capital, se modificaron los Artículos Quinto y Tercero Transitorio de los estatutos sociales, reemplazándolos íntegramente por los siguientes: “Artículo Quinto: Capital.- El capital de la Sociedad es la cantidad de siete mil trescientos treinta y cuatro millones quinientos ochenta y tres mil novecientos veintitrés pesos, que los socios pagaron con anterioridad a esta fecha en la siguiente forma y proporción: /a/ el socio Minería Activa Uno SpA pagó la cantidad de trescientos veinticuatro mil noventa pesos, correspondientes al cero coma cero cero cuatro por ciento de los derechos sociales; y el socio Fondo de Inversión Privado Indianas pagó la cantidad siete mil trescientos treinta y cuatro millones doscientos cincuenta y nueve mil ochocientos treinta y tres pesos, correspondientes al noventa y nueve coma nueve nueve seis por ciento de los derechos sociales.”. “Artículo Tercero Transitorio: De conformidad a lo señalado en el artículo quinto de los estatutos sociales, el capital social asciende a la suma de siete mil trescientos treinta y cuatro millones quinientos ochenta y tres mil novecientos veintitrés pesos, que fue pagado por los socios de la siguiente manera: /a/ el socio Minería Activa Uno SpA pagó la cantidad de trescientos veinticuatro mil noventa pesos, correspondientes al cero coma cero cero cuatro por ciento de los derechos sociales; y el socio Fondo de Inversión Privado Indianas pagó la cantidad de siete mil trescientos treinta y cuatro millones doscientos cincuenta y nueve mil ochocientos treinta y tres pesos, correspondientes al noventa y nueve coma nueve nueve seis por ciento de los derechos sociales.”. En todo lo no modificado, permanece vigente el estatuto social, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de octubre de 2021.