Instrumento
- Fecha
- 26 de octubre de 2021
- Notario
- RNER TAPIA
- Domicilio
- y Conservador de Bienes Raíces
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARTITA WÖRNER TAPIA, Abogado, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de las Comunas de Ancud y Quemchi, con oficio en calle Chacabuco Nº 750, Ancud, certifica: por escritura pública de fecha 26 de octubre de 2021, ante el Notario Suplente don Patricio Nicolás Obando Cárdenas, CHRISTIAN JOSÉ CALDERON TÉLLEZ, domiciliado en Aníbal Pinto 308, Ancud, Región de Los Lagos, OLGA MARCELA OÑATE CASTILLO, domiciliada en Las Américas 951, Ancud, Región de Los Lagos; y GONZALO ARTEMIO OÑATE CASTILLO, domiciliado en Las Américas 951, Ancud, Región de Los Lagos, constituyeron sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: Nombre: ‘‘LABORATORIO CLÍNICO ANCUD SpA’’. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: La prestación de servicios en el área de exámenes clínicos de laboratorio de todo orden propios de los profesionales de la salud, la compra y comercialización de insumos, compra y/o arriendo de equipos destinados a estudios y exámenes de laboratorio, compra y/o arriendo de bienes muebles e inmuebles, dentro de ellos, el arrendamiento de oficinas y/o consultas a otros médicos o profesionales vinculados al área de la salud, como asimismo, todos aquellos actos vinculados directa o indirectamente con la prestación de servicios en la referida área; y, en general, toda clase de actos y contratos que sean conducentes al cumplimiento de sus fines sociales, según acuerdo de sus socios.Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que la o los accionistas acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. Capital: $1.000.000 dividido en 1000 acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal. Christian José Calderón Téllez, suscribe y paga al contado y en dinero efectivo en acto de constitución 400 acciones, equivalentes a $400.000; Olga Marcela Oñate Castillo suscribe y paga al contado y en dinero efectivo en acto de constitución 300 acciones, equivalentes a $300.000 y Gonzalo Artemio Oñate Castillo suscribe y paga al contado y en dinero efectivo en acto de constitución 300 acciones, equivalentes a $300.000. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Ancud, 28 de octubre de 2021.