INMOBILIARIA LILA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de octubre de 2021
- Notario
- ENRIQUE RODRIGUEZ SEPULVEDA
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalENRIQUE RODRIGUEZ SEPULVEDA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, MULI S.A. e IMPORTADORA MAYA LIMITADA, ambas domiciliadas en calle Salvador Sanfuentes número dos mil seiscientos dieciocho, comuna de Santiago, Región Metropolitana. modifican sociedad INMOBILIARIA LILA LIMITADA de la siguiente manera: aumentando el actual capital social de la suma de mil cuatrocientos cuarenta y tres millones ciento noventa y tres mil doscientos pesos, totalmente suscrito y pagado, a la suma de cuatro mil trescientos setenta y ocho millones setecientos cincuenta y nueve mil treinta y ocho pesos. El aumento de dos mil novecientos treinta y cinco millones quinientos sesenta y cinco mil ochocientos treinta y ocho pesos, es totalmente suscrito por MULI S.A., el cual paga mediante el aporte de los bienes inmuebles que se singularizan en el artículo primero transitorio de la escritura extractada y que los comparecientes valorizan en total en dicha suma. Como consecuencia de lo anterior, se modifica el artículo tercero del pacto social vigente, como sigue: “TERCERO: El capital social de la sociedad es la suma de cuatro mil trescientos setenta y ocho millones setecientos cincuenta y nueve mil treinta y ocho pesos, que los socios han aportado y enterado respectivamente, de la siguiente manera: a) MULI S.A., la suma de tres mil seiscientos cincuenta y dos millones novecientos setenta y siete mil ciento setenta y ocho pesos, equivalente al ochenta y tres coma cuarenta y dos por ciento aproximadamente del total de los derechos sociales, de los cuales pagó con la suma de setecientos diecisiete millones cuatrocientos once mil trescientos cuarenta pesos con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social y el saldo, esto es, dos mil novecientos treinta y cinco millones quinientos sesenta y cinco mil ochocientos treinta y ocho pesos, mediante el aporte en domino de los bienes inmuebles que se individualizan en el artículo primero transitorio de esta escritura y que los comparecientes valoran de común acuerdo en dicha suma y; b) IMPORTADORA MAYA LIMITADA, la suma de setecientos veinticinco millones setecientos ochenta y un mil ochocientos sesenta pesos, equivalente al dieciséis coma cincuenta y ocho por ciento aproximadamente del total de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto al contado y en dinero efectivo, ingresado a caja social”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de Octubre de 2021. Enrique Rodríguez Sepúlveda. N.P.S.