Inmobiliaria e Inversiones Rapallo S.A.
Instrumento
- Fecha
- 20 de octubre de 2021
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.854.533.000 CLP
Objeto social
La actividad inmobiliaria en general; la compra, venta, adquisición, enajenación, arrendamiento, división, loteo, urbanización, explotación y construcción de bienes inmuebles; el desarrollo de proyectos inmobiliarios por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; la elaboración de proyectos, estudios y la prestación de asesorías en materias de arquitectura, ingeniería, urbanismo, paisajismos, entre otras; y la realización de inversiones en toda clase de bienes inmuebles y)o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, acciones de sociedades por acciones, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, y en general todo acto o contrato relacionado con lo anterior, sin perjuicio de otros negocios que los socios acuerden y que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifica: por escritura pública otorgada con fecha 20 de octubre de 2021, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de Inmobiliaria e Inversiones Rapallo S.A. celebrada con fecha 1° de septiembre de 2021, en la que los únicos y actuales accionistas de la sociedad, Frigoríficos Ideal S.A. y Sucesión de don Aldo Macchiavello Zerega, acordaron: (1) Transformarla en una sociedad por acciones, y modificar su razón social a Inmobiliaria Rapallo SpA, fijando el texto de sus estatutos: Razón social: “Inmobiliaria Rapallo SpA”. Objeto: La actividad inmobiliaria en general; la compra, venta, adquisición, enajenación, arrendamiento, división, loteo, urbanización, explotación y construcción de bienes inmuebles; el desarrollo de proyectos inmobiliarios por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; la elaboración de proyectos, estudios y la prestación de asesorías en materias de arquitectura, ingeniería, urbanismo, paisajismos, entre otras; y la realización de inversiones en toda clase de bienes inmuebles y/o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, acciones de sociedades por acciones, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, y en general todo acto o contrato relacionado con lo anterior, sin perjuicio de otros negocios que los socios acuerden y que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales. Capital: $8.854.533.000, dividido en 8.854.533 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. (2) Dividirla, subsistiendo ésta como continuadora legal, y constituyéndose con motivo de la división una nueva sociedad por acciones bajo la razón social Inversiones Rapallo SpA, en los términos que se indican en extracto separado, lo anterior con efecto a partir de la fecha de la celebración de la Junta. (3) Como consecuencia de la división acordada se disminuyó el capital social de la sociedad, reemplazando el Artículo Quinto por el siguiente: “Artículo Quinto. El capital de la sociedad es la cantidad de $865.345.056, dividido en 8.854.533 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero o en otros bienes, y se han suscrito y pagado en la forma que establece el artículo primero transitorio. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes.”, y, se reemplazó íntegramente el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, el que no se extracta por no ser materia de este. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 26 de octubre de 2021.