SOCIEDAD GANADERA Y LACTEA MAGDALENA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de octubre de 2021
- Notario
- LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR
- Domicilio
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
- Domicilio
- Quintero
- Duración
- 5 años contados desde esta fecha, que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente períodos iguales y sucesivos de 2 años cada uno, salvo voluntad contraria de algún socio mediante escritura pública hecha al margen inscripción social con anticipación de 3 meses antes del vencimiento señalada en pacto social
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
El giro u objeto de la sociedad será: a) el desarrollo y explotación de la actividad ganadera en todas sus formas, ya sea en bienes propios o arrendados o tomados en comodato o usufructo; b) la crianza, engorda, transporte, compra y venta, al por mayor o menor, de ganado de todo tipo y toda actividad relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con la ganadería; c) la compra, venta, permuta, comercialización, importación, exportación, transporte en vehículos propios o arrendados, elaboración, procesamiento y distribución de todo tipo de productos derivados de la actividad ganadera, ya sea alimenticios o materias primas, insumos y sus derivados; d) la prestación de asesoría técnica, capacitación y divulgación de conocimientos y técnicas en materia de ganadería y)o productos lácteos de todo tipo; la realización de estudios, elaboración y concreción de proyectos técnicos o económicos relacionados con la ganadería; y en general, e) la realización de todo acto que tenga relación directa o indirecta con la actividad ganadera y agrícola que acuerden o determinen los socios, sea que se realice directamente o a través de sociedades y)o asociaciones que para dicho efecto se creen o en que participe. ADMINISTRACIÓN Y USO
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, Notario Público de Viña del Mar, con oficio en calle 12 Norte 785, piso 3, certifica: Por escritura pública de fecha 22-10-2021, ante suplente NATALIA RAMIREZ ARANDA: IVONNE IRENE PRADENAS MUÑOZ y EDGARDO MARCELO MIRANDA VILLALON, ambos Los Sargazos 1575, Reñaca, comuna de Viña del Mar; constituyeron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada regida estatutos, Ley 3.918 y disposiciones legales pertinentes: RAZON SOCIAL: “SOCIEDAD GANADERA Y LACTEA MAGDALENA LIMITADA”, nombre de fantasía ““MAGDALENA LTDA”. OBJETO: El giro u objeto de la sociedad será: a) el desarrollo y explotación de la actividad ganadera en todas sus formas, ya sea en bienes propios o arrendados o tomados en comodato o usufructo; b) la crianza, engorda, transporte, compra y venta, al por mayor o menor, de ganado de todo tipo y toda actividad relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con la ganadería; c) la compra, venta, permuta, comercialización, importación, exportación, transporte en vehículos propios o arrendados, elaboración, procesamiento y distribución de todo tipo de productos derivados de la actividad ganadera, ya sea alimenticios o materias primas, insumos y sus derivados; d) la prestación de asesoría técnica, capacitación y divulgación de conocimientos y técnicas en materia de ganadería y/o productos lácteos de todo tipo; la realización de estudios, elaboración y concreción de proyectos técnicos o económicos relacionados con la ganadería; y en general, e) la realización de todo acto que tenga relación directa o indirecta con la actividad ganadera y agrícola que acuerden o determinen los socios, sea que se realice directamente o a través de sociedades y/o asociaciones que para dicho efecto se creen o en que participe. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZON SOCIAL: Corresponderá exclusivamente a IVONNE IRENE PRADENAS MUÑOZ, facultades pacto. CAPITAL: $50.000.000, aportados: A) IVONNE IRENE PRADENAS MUÑOZ, aporta y entera $30.000.000, equivalente 60 por ciento capital social, enterados este acto, dinero efectivo ingresado a caja social; y B) EDGARDO MARCELO MIRANDA VILLALON, aporta $20.000.000, equivalente 40 por ciento capital social, que entera y enterará de la siguiente forma: a) con $10.000.000 enterados este acto, dinero efectivo ingresado a caja social, y; b) con $10.000.000 que pagará a la Sociedad plazo 5 años contados desde fecha del presente instrumento a medida que necesidades sociales lo requieran. DURACION: 5 años contados desde esta fecha, que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente períodos iguales y sucesivos de 2 años cada uno, salvo voluntad contraria de algún socio mediante escritura pública hecha al margen inscripción social con anticipación de 3 meses antes del vencimiento señalada en pacto social. DOMICILIO: Quintero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar, 27 de octubre de 2021.