COMERCIAL YUJU LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de abril de 2018
- Notario
- IVAN TAMARGO BARROS
- Oficio
- 51. Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $14.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TAMARGO BARROS, Abogado, Notario Público Titular 51. Notaría Santiago, Avenida Nueva Providencia N° 2635, Comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública hoy ante mí; WUXING LIN, C.I. para Extranjeros N° 31.904.462-3, domiciliado en calle José Miguel Carrera N° 4853, Comuna de San Miguel, Región Metropolitana, y de paso en ésta; SHUMING XUE, C.I. para Extranjeros N° 26.726.050-8, domiciliado en calle El Bosque Central N° 95, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana y XIAOLING LIN, C.I. para Extranjeros N° 22.622.646-K, domiciliado en calle Paseo Phillips N° 24, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, modifican sociedad “COMERCIAL YUJU LIMITADA”, nombre fantasía “YUJU LTDA.”, RUT N° 76.871.379-0, Capital: $14.000.000, constituida por escritura pública con fecha 24 de Abril de 2018, suscrita ante el Notario Público, Titular de la Trigésima Segunda Notaría de Santiago de don Francisco Varas Fernández, que en extracto se inscribió a fjs. 32.766 N° 17.293 del Registro Comercio del CBR Santiago, año 2018, publicado en el D.O. Electrónico de la República de Chile con fecha 3 de Mayo de 2018, en su Edición N° 42.047, siguiente sentido: CESION DE DERECHOS: Se retira de la sociedad SHUMING XUE, quien con el consentimiento expreso de sus consocios vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales equivalente a un 34% del total del haber social a WUXING LIN, quien compra, acepta y adquiere para sí, en la suma única y total de $6.800.000, que cesionario paga este acto, contado dinero efectivo al cedente quien declara íntegra y totalmente pagado precio pactado otorgando cancelación respectiva. Como consecuencia de cesión de derechos y retiro quedan como únicos y actuales socios de la sociedad “COMERCIAL YUJU LIMITADA” WUXING LIN, con una participación de un 85% del total del haber social y XIAOLING LIN, con una participación de un 15% del total del haber social, limitando su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por el presente instrumento se mantienen vigente en todo su rigor y alcance las cláusulas del pacto social primitivo y su modificación posterior. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 16 de Octubre de 2021.-