MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Ilihue Limitada

RUT 76256998-1 CVE 2033819
Capital
$3.830.000 CLP
Fecha instrumento
31 de agosto de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
31 de agosto de 2021
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.830.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario suplente de Alberto Mozó Aguilar, 40ª Notaría Santiago, Teatinos 332, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 31 de agosto de 2021, ante el Notario titular y autorizada con esta fecha por mí de conformidad con el artículo 402 del Código Orgánico de Tribunales, don JUAN CARLOS JARA INFANTE, doña MARÍA MACARENA DONOSO MUJICA, don JUAN CARLOS JARA DONOSO, doña MACARENA JARA DONOSO, don JOSÉ TOMÁS JARA DONOSO y don NICOLÁS JARA DONOSO, todos domiciliados para estos efectos en Condominio Los Algarrobos IV, casa B guion treinta y seis, Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana, únicos y actuales socios de INVERSIONES SANTA MACARENA LIMITADA, extracto inscrito a fojas 12.273, número 7.648 Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2015, y don JUAN CARLOS JARA DONOSO y don NICOLÁS JARA DONOSO, ambos domiciliados para estos efectos en Condominio Los Algarrobos IV, casa B guion treinta y seis, Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana, únicos y actuales socios de INMOBILIARIA ILIHUE LIMITADA, extracto inscrito a fojas 93.922, número 66.341 Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2012, acordaron la fusión de las sociedades INMOBILIARIA ILIHUE LIMITADA e INVERSIONES SANTA MACARENA LIMITADA, mediante la absorción que INMOBILIARIA ILIHUE LIMITADA hace de INVERSIONES SANTA MACARENA LIMITADA, la que se disuelve, subsistiendo la primera la que pasa a ser su continuadora legal y sucesora a título universal de todos los derechos y obligaciones que la sociedad absorbida, INVERSIONES SANTA MACARENA LIMITADA, poseía y tenía con terceros. Como consecuencia del acuerdo de fusión y ajustes efectuados se aumento el capital de la sociedad absorbente INMOBILIARIA ILIHUE LIMITADA que actualmente asciende a la suma de $3.830.000, íntegramente pagado y enterado, a la suma de $1.164.030.000, íntegramente pagado y enterado. Producto de la fusión acordada, y a fin reflejar la integración de los socios y el capital de ambas sociedades radicado en la absorbente, los comparecientes acordaron modificar la CLÁUSULA PRIMERA y la CLÁUSULA SÉPTIMA de los estatutos de “INMOBILIARIA ILIHUE LIMITADA”, relativo a la individualización de los socios y al capital social, respectivamente, sustituyéndolos íntegramente por los siguientes: “CLÁUSULA PRIMERA: Son únicos socios de la sociedad, don JUAN CARLOS JARA INFANTE, doña MARÍA MACARENA DONOSO MUJICA, don JUAN CARLOS JARA DONOSO, don NICOLÁS JARA DONOSO, doña MACARENA JARA DONOSO y don JOSÉ TOMÁS JARA DONOSO”, “CLAUSULA SÉPTIMA: El capital social es la suma única y total de mil ciento sesenta y cuatro millones treinta mil pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) don JUAN CARLOS JARA INFANTE, aporta y paga la suma de noventa y nueve millones seiscientos treinta y seis mil setecientos setenta y siete pesos; b) doña MARÍA MACARENA DONOSO MUJICA, aporta y paga la suma de noventa y nueve millones seiscientos treinta y seis mil setecientos setenta y siete pesos; c) don JUAN CARLOS JARA DONOSO, aporta y paga la suma de cuatrocientos ochenta y seis millones doscientos veinte mil ciento cuatro pesos; d) don NICOLÁS JARA DONOSO, aporta y paga la suma de cuatrocientos setenta y ocho millones trescientos treinta y siete mil quinientos veintiséis pesos; e) doña MACARENA JARA DONOSO, aporta y paga la suma de noventa y nueve mil cuatrocientos ocho pesos; y f) don JOSÉ TOMÁS JARA DONOSO, aporta y paga la suma de noventa y nueve mil cuatrocientos ocho pesos.” . Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 25 de octubre de 2021.