Instrumento
- Fecha
- 26 de octubre de 2021
- Notario
- JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS
- Oficio
- Primera Notaria de Ñuñoa
- Comuna
- Ñuñoa
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Su domicilio estatutario estará en la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: Actividad de Producción Gráfica e Impresión Digital, Diseño y Publicidad; y todo otro negocio que los socios acuerden por unanimidad con relación o no al
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Ñuñoa, con oficio en Avenida Irarrázaval Nº1745, local B, Ñuñoa, CERTIFICO: por escritura pública hoy ante mí, don ALVARO RODRIGO ARAYA AMADO, chileno, soltero, empresario, domiciliado en Franz N°4182, comuna de Maipú, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; viene en constituir una sociedad por acciones: NOMBRE o RAZÓN SOCIAL: "FULL TE IMPRIME SpA”.- OBJETO: El objeto de la sociedad será: Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: Actividad de Producción Gráfica e Impresión Digital, Diseño y Publicidad; y todo otro negocio que los socios acuerden por unanimidad con relación o no al objeto social.- ADMINISTRACION USO RAZON SOCIAL: La Sociedad será administrada por don ALVARO RODRIGO ARAYA AMADO, facultades indicadas pacto social. CAPITAL: $3.000.000, aportados de la siguiente manera: don ALVARO RODRIGO ARAYA AMADO, aporta la suma de $3.000.000, equivalentes al 100% de los derechos sociales; totalidad de aporte dividido en 3000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie. DURACION: Indefinida. DOMICILIO: Su domicilio estatutario estará en la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 26 de OCTUBRE de 2021.