Instrumento
- Fecha
- 21 de octubre de 2021
- Notario
- ÁLVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Lo Barnechea, Región Metropolitana
- Duración
- 5 años desde fecha escritura extractada, plazo prorrogable tácita y automáticamente períodos iguales y sucesivos 5 años cada uno, según cláusula prórroga automática, que se indica en escritura extractada
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
Representación, administración y uso razón social corresponderá a María Andrea Ludwig Irarrázaval y a Gonzalo Eduardo Vargas Otte, quienes, actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos, representarán a sociedad con las más amplías facultades indicadas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular 42ª Notaría Santiago, Agustinas 1.070, piso 2, Santiago, certifico: por escritura pública de 21 de octubre de 2021, otorgada ante mí, María Andrea Ludwig Irarrázaval y Gonzalo Eduardo Vargas Otte, ambos Avenida El Golf de Manquehue, número 9.756, casa número 14, Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituyen sociedad responsabilidad limitada: Nombre. Asesorías Valu Limitada, pudiendo usar nombre de fantasía “Valu Ltda.” fines comerciales y publicitarios. Objeto. La sociedad tendrá por objeto: /a/ la asesoría en materias económicas, educacionales, agrícolas, financieras, comerciales, gerenciales y administrativas a todo tipo de personas, empresas y organismos privados o públicos, así como el desarrollo de negocios y proyectos de investigación, evaluación, planificación y experimentación en las materias antes indicadas; /b/ la organización de capacitaciones, cursos, charlas, exposiciones, simposios y seminarios en materia de economía, educacionales, agrícolas, financieras, comerciales, gerenciales y administrativas; c) la inversión en toda clase de actividades y participar en toda clase de sociedades, asociaciones y comunidades, cualquiera sea su naturaleza, sin restricciones de ninguna especie; y d) la adquisición, enajenación, administración y, en general, la explotación, a cualquier título, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces o muebles. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, y ceder, a cualquier título, el dominio, uso o goce de los mismos; gravar con hipotecas o prendas de cualquier clase sus bienes; participar en sociedades de cualquier clase y objeto; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su actividad o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Domicilio. Lo Barnechea, Región Metropolitana, sin perjuicio poder establecer agencias, sucursales o establecimientos otro punto República o extranjero. Duración. 5 años desde fecha escritura extractada, plazo prorrogable tácita y automáticamente períodos iguales y sucesivos 5 años cada uno, según cláusula prórroga automática, que se indica en escritura extractada. Capital. $1.000.000.- que socios aportan y se obligan a pagar a sociedad siguiente manera: i) María Andrea Ludwig Irarrázaval aporta $500.000.- que se obliga a pagar a sociedad, en dinero efectivo, a medida necesidades sociales así lo requieran y, en todo caso, dentro plazo un año contado desde fecha escritura extractada; y ii/ Gonzalo Eduardo Vargas Otte aporta $500.000.-, que se obliga a pagar a sociedad, en dinero efectivo, a medida necesidades sociales así lo requieran y, en todo caso, dentro del plazo de un año contado desde fecha escritura extractada. Responsabilidad. Responsabilidad de socios queda limitada a monto de respectivos aportes. Administración. Representación, administración y uso razón social corresponderá a María Andrea Ludwig Irarrázaval y a Gonzalo Eduardo Vargas Otte, quienes, actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos, representarán a sociedad con las más amplías facultades indicadas en escritura extractada. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de octubre de 2021.