ANGEL CABELLO E HIJOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de septiembre de 2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $685.647 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Notario Santiago, Suplente del Titular Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, 19ª Notaría Santiago, Bandera 341, Of. 352, certifico por escritura pública de fecha 28 de septiembre de 2021, Rep. 58.986, ante mí, CYNTHIA NANCY CABELLO GARCIA, en representación convencional de Luis Cabello Benítez, ambos con domicilio en calle León Prado número mil setenta y siete, comuna de San Miguel, Región Metropolitana de Santiago; y MARIA ELENA CABELLO MONTECINOS, por sí y en representación de la comunidad quedada al fallecimiento de Antonio Cabello Benítez, esto es, de sus hermanos, Mary Carmen Cabello Montecinos y Marcos Antonio Cabello Montecinos, con domicilio en Chirimoyo No.437, Valparaíso, Región de Valparaíso; modificaron “ANGEL CABELLO E HIJOS LIMITADA”, inscrita a fojas 4557 No.2427 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1957, con las siguientes menciones extractables: 1) Con fecha 19 de noviembre de 1992 falleció el socio fundador ANGEL CABELLO MEZA, siendo sus sucesores sus hijos LUIS CABELLO BENITEZ, JULIO CABELLO BENITEZ, CARLOS CABELLO BENITEZ y ANTONIO CABELLO BENITEZ, asimismo, su cónyuge sobreviviente MARIA DEL CARMEN BENITEZ BLANCO. La posesión efectiva se inscribió a fojas 18.144, No.19731 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1964. 2) Por escritura pública de 27 de enero de 1965, otorgada ante el Notario Público de San Miguel, Gustavo Montero Rojas, de la cual se tomó nota al margen de la inscripción de la posesión efectiva de Angel Cabello Meza, MARIA DEL CARMEN BENITEZ BLANCO cedió en partes iguales los derechos hereditarios que le cabían en la herencia de ANGEL CABELLO MEZA, dentro de ellos los derechos en la sociedad, a sus hijos CARLOS CABELLO BENITEZ, ANTONIO CABELLO BENITEZ, LUIS CABELLO BENITEZ y JULIO CABELLO BENITEZ. 3) Luego, por escritura pública de 05 de marzo de 1965, otorgada ante el Notario Público de San Miguel, José Luis Hewstone Burotto, suplente del titular Eliseo Peña Abos-Padilla, de la cual se tomó nota al margen de la inscripción de la posesión efectiva de Angel Cabello Meza, JULIO CABELLO BENITEZ, cedió los derechos hereditarios que le cabían en las herencias de ANGEL CABELLO MEZA y MARIA DEL CARMEN BENITEZ BLANCO, dentro de ellos los derechos en la sociedad, a su hermano LUIS CABELLO BENITEZ. 4) Finalmente, por escritura pública de 11 de mayo de 1967, otorgada ante el Notario Público de San Miguel, Eliseo Peña Abos-Padilla, de la cual se tomó nota al margen de la inscripción de la posesión efectiva de Angel Cabello Meza, CARLOS CABELLO BENITEZ cedió los derechos hereditarios que le cabían en las herencias de ANGEL CABELLO MEZA y MARIA DEL CARMEN BENITEZ BLANCO, dentro de ellos los derechos en la sociedad, a su hermano ANTONIO CABELLO BENITEZ. 5) Como consecuencia de las cesiones de derechos hereditarios antes indicadas, quedaron como comuneros en los derechos sociales, LUIS CABELLO BENITEZ y ANTONIO CABELLO BENITEZ, con un 50% de los mismos cada uno de ellos. 6) Con fecha 07 de abril de 2018 falleció el socio ANTONIO CABELLO BENITEZ, siendo sus únicos sucesores sus hijos MARIA ELENA CABELLO MONTECINOS, MARY CARMEN CABELLO MONTECINOS y MARCOS ANTONIO CABELLO MONTECINOS, quienes pasaron a ser comuneros legales hereditarios en los derechos sociales del causante. Posesión Efectiva Intestada decretada por resolución No.60210 de 10 de agosto de 2018, por Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación de la Región Metropolitana de Santiago. 7) MARIA ELENA CABELLO MONTECINOS, MARY CARMEN CABELLO MONTECINOS y MARCOS ANTONIO CABELLO MONTECINOS, en su calidad de hijos y únicos herederos y comuneros de los derechos sociales de ANTONIO CABELLO BENITEZ, en este acto, liquidan parcialmente la comunidad naciente a su fallecimiento, respecto su participación en la sociedad “ANGEL CABELLO E HIJOS LIMITADA”, ascendente a un 50%, adjudicándose sus derechos en las siguientes proporciones: MARIA ELENA CABELLO MONTECINOS un 16,6667% de los derechos sociales, MARY CARMEN CABELLO MONTECINOS un 16,6667% de los derechos sociales y MARCOS ANTONIO CABELLO MONTECINOS un 16,6666% de los derechos sociales. 8) De acuerdo a la liquidación parcial indicada, el capital social ascendente a $685.647, queda íntegramente pagado y enterado en las siguientes proporciones: a) LUIS CABELLO BENITEZ, con un 50%; MARIA ELENA CABELLO MONTECINOS, con un 16,6667%; MARY CARMEN CABELLO MONTECINOS, con un 16,6667%; y MARCOS ANTONIO CABELLO MONTECINOS, con un 16,6666%. 9) La administración de la sociedad corresponderá en forma conjunta a los socios LUIS CABELLO BENITEZ y MARIA ELENA CABELLO MONTECINOS. 10) Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás cláusulas constan de escritura extractada. Santiago, 12 de octubre del 2021.- Javier Ignacio Hormazábal Collao, Notario de Santiago.