CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Maxx Capital SpA

CVE 2032998
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
21 de octubre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de octubre de 2021
Repertorio
24199-2021
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Ley aplicable
Ley Nº 20.190

Objeto social

será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público Titular 36ª Notaría de Santiago, La Concepción número 65, Piso 2, Providencia, certifico que por escritura pública de fecha 21 de octubre de 2021, ante mí, Repertorio Nº 24.199- 2021, MANUEL JESÚS GÁRATE MENESES, SOFÍA LORENA CALLEJA KANDALAFT, y MANUEL CHRISTIAN GARATE CLARKE, constituyeron Sociedad por Acciones Ley Nº 20.190 de 2007. Nombre: “MAXX CAPITAL SpA”. Objeto: será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Capital: El capital de la sociedad es la suma de 1.000.000 de pesos, dividido en 100 acciones, ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en la siguiente forma: Uno.) MANUEL JESÚS GÁRATE MENESES, en este acto, suscribe 60 acciones y paga el valor de ellas ascendente a la suma de 600.000 pesos; Dos.) SOFÍA LORENA CALLEJA KANDALAFT, en este acto, suscribe 20 acciones y paga el valor de ellas ascendente a la suma de 200.000 pesos; y Tres.) MANUEL CHRISTIAN GARATE CLARKE, en este acto, suscribe 20 acciones y paga el valor de ellas ascendente a la suma de 200.000 pesos. De esta suerte, ha quedado totalmente suscrito y pagado al contado el capital inicial de la sociedad. Los accionistas responden hasta el monto de sus respectivos aportes a la sociedad. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 25 de octubre de 2021.