MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Puente Negro Limitada

RUT 77387980-K CVE 2033032
Capital
$6.818 CLP
Fecha instrumento
14 de octubre de 2021
Notaría
San Fernando

Instrumento

Fecha
14 de octubre de 2021
Notario
ALBERTO ORTEGA JIRÓN
Oficio
1ª Notaría de San Fernando
Comuna
San Fernando

Sociedad

Capital
$6.818 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO ORTEGA JIRÓN, Notario Público Titular de la 1ª Notaría de San Fernando, con oficio en calle Chillán 620, comuna de San Fernando, de esta ciudad, certifico que por escritura pública otorgada hoy ante mí, los señores Julio Manuel Vera Royo, domiciliado en San Fernando, calle Laja 1.050, comuna de San Fernando; Renate Beatriz Stehr Reimann, domiciliada en Puente Negro, Parcelación Río Claro, Parcela 62, comuna de San Fernando; y Francisco José Vera Stehr, del mismo domicilio anterior; modificaron la sociedad denominada Inmobiliaria Puente Negro Limitada, inscrita en el Registro de Comercio de San Fernando a fojas 82, número 92, de 1999, cediendo don Julio Manuel Vera Royo, quien se retira de la compañía, la totalidad de sus derechos en ella, representados por una cuota de $6.818.182 en el capital de la sociedad, a don Francisco José Vera Stehr. Como consecuencia de lo anterior, se sustituyó el texto del artículo cuarto del estatuto social vigente por el que sigue: "El capital de la sociedad es la suma de cincuenta y seis millones ochocientos dieciocho mil ciento ochenta y dos pesos, íntegramente pagado por los socios o sus respectivos antecesores en la compañía, y que ahora corresponde a los actuales socios como sigue: a) a doña Renate Beatriz Stehr Reimann, cincuenta millones de pesos; y b) a don Francisco José Vera Stehr, seis millones ochocientos dieciocho mil ciento ochenta y dos pesos.” Asimismo, se modificaron el texto del artículo tercero del estatuto social vigente por el que sigue: "La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a doña Renate Beatriz Stehr Reimann y, a falta suya por muerte o incapacidad legal sobreviniente, a don Rainer Stehr Reimann con iguales facultades. Estas designaciones no son esenciales.”; y el texto del artículo séptimo del estatuto social vigente por el que sigue: "La sociedad rige desde la fecha de su constitución y durará hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo que se encuentre en curso o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos.” San Fernando, 14 de octubre de 2021.