MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA MAR-JOR LIMITADA

RUT 77166723-6 CVE 2032818
Fecha instrumento
8 de mayo de 2020

Instrumento

Fecha
8 de mayo de 2020
Notario
GONZALO FERNANDO HARAMBILLET MELERO
Domicilio
San Miguel

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 42655 del 14 de mayo de 2020

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO FERNANDO HARAMBILLET MELERO, Notario Público de San Miguel, con oficio Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4251, local 2, San Miguel, certifico: Por escritura hoy ante mí, JORGE IVÁN PACHECO REINOSO, contratista, domiciliado en Alonso de Ercilla N° 8318, departamento 16 A, La Florida; MARCELO ANTONIO MATELUNA QUEZADA, vendedor, domiciliado en Don Mateo de Toro y Zambrano N° 1564, Puente Alto; y MANUEL PATRICIO MATELUNA PINO, empleado, Pasaje Quince Oriente N° 6436, La Granja; modifican sociedad de responsabilidad limitada “COMERCIALIZADORA MAR-JOR LIMITADA”, Rut N° 77.166.723-6, constituida por escritura pública de fecha 08/05/2020, otorgada en la Notaría de San Miguel de Gonzalo Fernando Harambillet Melero, extracto inscrito a fojas 74 vuelta, N°49, Registro de Comercio de Puente Alto año 2020 y publicada Diario Oficial N° 42655 de fecha 14/05/2020. CESIÓN: Jorge Iván Pacheco Reinoso vende, cede y transfiere a Marcelo Antonio Mateluna Quezada, quien compra, acepta y adquiere para sí un 49% de los derechos de que el cedente es dueño. Precio de venta es $4.900.000.-, cesionario paga al cedente en este acto de contado y en dinero en efectivo, declarando el cedente que los recibe a su entera y completa satisfacción; y Jorge Iván Pacheco Reinoso vende, cede y transfiere a Manuel Patricio Mateluna Pino, quien compra, acepta y adquiere para sí, un 1% de los derechos de que el cedente es dueño. Precio de venta $100.000.- cesionario paga al cedente en este acto de contado y en dinero en efectivo, declarando el cedente que los recibe a su entera y completa satisfacción. Consecuencia quedan como socios Marcelo Antonio Mateluna Quezada con un 99% de derechos y Manuel Patricio Mateluna Pino con un 1% de derechos. Actuales socios modifican cláusula 4° pacto social, respecto a la administración y uso de la razón social y del nombre de fantasía, la que desde esta fecha corresponderá exclusivamente al socio Marcelo Antonio Mateluna Quezada, con todas las facultades del pacto social. En todo aquello no modificado en el presente instrumento, quedan vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 31 de agosto de 2021.