MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORIAS E INVERSIONES MARGUI LIMITADA

RUT 76122893-5 CVE 2032846
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de octubre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de octubre de 2021
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, Titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Comuna Providencia, CERTIFICO: por escritura pública otorgada 21 Octubre 2021, ante mí, MARÍA SOLEDAD MARAMBIO AVARIA, domiciliada en esta ciudad, Avenida Américo Vespucio Nº 958, departamento 801, comuna de Las Condes, Santiago, SOL DEL CARMEN GUILLÓN MARAMBIO, domiciliada en esta ciudad, Calle del Mirador Nº 2.255, departamento 105, comuna de Vitacura, Región Metropolitana y LUIS ANDRÉS GUILLÓN MARAMBIO domiciliado en esta ciudad, Los Conquistadores Nº 1.700, oficina 14-B, comuna de Providencia, Región Metropolitana; convinieron respecto de "ASESORIAS E INVERSIONES MARGUI LIMITADA", inscrita a fs. 56.825 n° 39.582 del Registro de Comercio del Conservador Bienes Raíces de Santiago del año 2010, lo siguiente: a) aumentar su capital social de $2.000.000, a la suma de $102.000.000. El aumento de capital de $100.000.000 será pagado en partes iguales y en dinero efectivo, por doña SOL DEL CARMEN GUILLÓN MARAMBIO y don LUIS ANDRÉS GUILLÓN MARAMBIO, dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha. b) Socios acuerdan modificar el artículo Cuarto de los estatutos sociales, del cual se extracta: “CUARTO: El capital social es la suma de $102.000.000, que los socios han aportado y aportarán en dinero efectivo, en la siguiente forma: i) doña MARIA SOLEDAD MARAMBIO AVARIA aporta $1.600.000 , que han sido pagados con anterioridad a este acto; ii) doña SOL DEL CARMEN GUILLÓN MARAMBIO aporta la suma de $50.200.000, con $200.000 que ha pagado con anterioridad a este acto y con $50.000.000 que se obliga a pagar en dinero efectivo, dentro del plazo de tres años; y iii) don LUIS ANDRÉS GUILLÓN MARAMBIO aporta la suma de $50.200.000, con $200.000 que ha pagado con anterioridad a este acto y con $50.000.000 que se obliga a pagar en dinero efectivo, dentro del plazo de tres años.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 21 de octubre de 2021.