CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Inversiones Santa Amalia Limitada

RUT 13550389-4 CVE 2031974
Capital
$48.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de octubre de 2021
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de octubre de 2021
Notario
FRANCISCA SALAS MEDINA
Oficio
Titular 2ª Notaría Rancagua JAIME BERNALES VALENZUELA
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$48.000.000 CLP
Domicilio
Rancagua
Duración
La sociedad empezará a regir el día de suscripción del presente instrumento y tendrá una duración de 5 años. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de 2 años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio de Rancagua, todo con una anticipación mínima de 2 meses al respectivo vencimiento

Objeto social

El objeto de la sociedad será la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio o actividad que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCA SALAS MEDINA, Notario Público Suplente del Titular 2ª Notaría Rancagua JAIME BERNALES VALENZUELA, con oficio en Bueras 359 Of. 102, certifica: Que por escritura pública de fecha 07-10-2021, Rep. 4871-2021, ante el Notario Titular, don Jaime Bernales Valenzuela: don JORGE TAGLE DONOSO, chileno, ingeniero comercial, casado y separado de bienes, C.I. N° 13.550.389-4, domiciliado en camino Pimpinela kilómetro 3,5, sitio D, Requínoa, de paso en ésta; doña MAGDALENA TAGLE DONOSO, chilena, profesora, casada y separada de bienes, C.I. N° 13.234.779-4, domiciliada en Avenida O´Higgins 14600, Codegua; don CRISTIAN TAGLE DONOSO, chileno, ingeniero agrícola, casado y separado de bienes, C.I. N° 15.636.797-4, domiciliado en Ossa lote 7, Las Mercedes, Requínoa, de paso en ésta; y doña MARÍA TERESA TAGLE DONOSO, chilena, profesora, casada y separada de bienes, C.I. N° 16.098.078-8, domiciliada en camino a Pimpinela, Loteo El Quillay, sitio 10-B, Requínoa, de paso en ésta; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: La razón social de la sociedad es “Sociedad de Inversiones Santa Amalia Limitada”, nombre de fantasía “Santa Amalia Ltda”. DOMICILIO: Rancagua, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país. OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio o actividad que acordaren los socios. CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de $48.000.000, que se aporta en la siguiente forma: Uno) Don Jorge Tagle Donoso, aporta en dominio: a) el inmueble denominado LOTE DIEZ B GUIÓN UNO GUIÓN C, resultante de la subdivisión del Lote Diez B-Uno, del Sector B de la Parcela número Diez del Proyecto de Parcelación La Hijuela ubicada en la comuna de Requínoa, de una superficie aproximada de 5.017,03 metros cuadrados y que deslinda: NORTE, en 104,19 metros con Lote Diez B guión uno guión B; SUR, en 103,35 metros con Lote Diez B guión uno guión D; ESTE, en 48,34 metros con resto parcelación Lote Diez B (Lote Diez B guión dos al Lote Diez B guión doce); y OESTE, en 48,35 metros con Lote Diez B guión uno guión J. El inmueble se encuentra inscrito a nombre del aportante a fojas 491 número 492 del Registro de Propiedad del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Rengo. Rol avalúo fiscal 90-150 de la comuna de Requínoa. Las partes avalúan este aporte de común acuerdo en la suma de $11.000.000; y b) los derechos de aprovechamiento de aguas que le corresponden al Lote Diez B Uno, del sector B de la Parcela Diez del Proyecto de Parcelación La Hijuela comuna de Requínoa, consistentes en 0,003605 partes de la ribera sur del rio Cachapoal, conducidas por el canal Comunidad; y 0,41% de los derrames conducidos por el punto A-Dos. El dominio de los señalados derechos de aprovechamiento de aguas se encuentran inscritos a nombre del aportante a fojas 31 número 40 del Registro de Propiedad de Aguas del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Rengo. Las partes avalúan este aporte de común acuerdo en la suma de $1.000.000. Conforme al avalúo efectuado de consuno por las partes, el aporte del socio Jorge Tagle Donoso alcanza a la suma de $12.000.000, que equivalen al veinticinco por ciento del capital social, queda por tanto enterado este aporte. Dos) Doña Magdalena Tagle Donoso, la suma de $12.000.000, equivalente al veinticinco por ciento del capital social, los que serán enterados en arcas sociales en 4 parcialidades anuales, iguales y sucesivas de $3.000.000 cada una, con vencimiento la primera de ellas el día 30 de diciembre del presente año y la última el 30 de diciembre del año 2024. Tres) Don Cristian Tagle Donoso, la suma de $12.000.000, equivalente al veinticinco por ciento del capital social, los que serán enterados en arcas sociales en 4 parcialidades anuales, iguales y sucesivas de $3.000.000 cada una, con vencimiento la primera de ellas el día 30 de diciembre del presente año y la última el 30 de diciembre del año 2024. Cuatro) Doña María Teresa Tagle Donoso, la suma de $12.000.000, equivalente al veinticinco por ciento del capital social, los que serán enterados en arcas sociales en 4 parcialidades anuales, iguales y sucesivas de $3.000.000 cada una, con vencimiento la primera de ellas el día 30 de diciembre del presente año y la última el 30 de diciembre del año 2024. RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN Y USO DE RAZON SOCIAL: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a Jorge Tagle Donoso. DURACION: La sociedad empezará a regir el día de suscripción del presente instrumento y tendrá una duración de 5 años. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de 2 años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio de Rancagua, todo con una anticipación mínima de 2 meses al respectivo vencimiento. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 18 de Octubre de 2021.