RENTAS DEL MEDITERRÁNEO SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de octubre de 2021
- Repertorio
- 19757-2021
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) Efectuar tanto en Chile como en el extranjero inversiones de carácter permanente o de largo plazo, participando en calidad de socio de otras sociedades de las que pueda obtener rentas, como también en toda clase de bienes raíces y muebles y valores mobiliarios, para la obtención de una rentabilidad estable de todos esos bienes, y en su caso la explotación y arrendamiento para obtener rentas de todos aquellos bienes; y b) La sociedad también podrá efectuar todas las operaciones, celebrar todos los contratos o ejecutar todos los actos que sean convenientes o necesarios para cumplir el objetivo social o que se relacionen con el giro principal de los negocios señalados o que lo complementen, directa o indirectamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 15 de octubre de 2021, repertorio N° 19.757-2021, otorgada ante mí, GESTORA S.A., rol único tributario número 77.197.667-0, debidamente representada, constituyó una sociedad por acciones. Nombre: “RENTAS DEL MEDITERRÁNEO SpA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establezca en otros puntos del país o del extranjero.- Duración: Indefinida.- Objeto: a) Efectuar tanto en Chile como en el extranjero inversiones de carácter permanente o de largo plazo, participando en calidad de socio de otras sociedades de las que pueda obtener rentas, como también en toda clase de bienes raíces y muebles y valores mobiliarios, para la obtención de una rentabilidad estable de todos esos bienes, y en su caso la explotación y arrendamiento para obtener rentas de todos aquellos bienes; y b) La sociedad también podrá efectuar todas las operaciones, celebrar todos los contratos o ejecutar todos los actos que sean convenientes o necesarios para cumplir el objetivo social o que se relacionen con el giro principal de los negocios señalados o que lo complementen, directa o indirectamente.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones, todas nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas conforme se detalla en la escritura que se extracta.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 20 de octubre de 2021.