MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

PRODUCCIONES Y REALIZACIONES AUDIOVISUALES LISSETTE OROZCO ORTIZ E.I.R.L.

RUT 76309412-K CVE 2032534
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
16 de septiembre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
16 de septiembre de 2021
Notario
ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS
Oficio
42a. Notaria Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
5 años a contar de la fecha de la presente escritura, renovables a su vencimiento en forma automática, tácita y sucesiva, y por períodos iguales, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos seis meses al final del período respectivo.- Además deberá despachar con la misma anticipación una carta certificada a los restantes socios, comunicándoles haber procedido a dar el aviso de término.- La fecha de esta carta será la de su despacho
Ley aplicable
Ley N°19857

Objeto social

la realización, producción, difusión, creación y distribución de material y eventos audiovisuales; el arriendo de equipos audiovisuales y en general el desarrollo de proyectos audiovisuales, musicales y de crossmedia, asesoría de guiones para obras fílmicas, organización, promoción, difusión y publicidad de los mismos y cualquier otra actividad ligada a las áreas antes descritas. ADIMINISTRACION: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios, quienes actuando indistinta y separadamente y anteponiendo la razón social a su firma la representarán con las más amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, y especialmente con las que a título meramente enunciativo y no taxativo se indican en escritura que se extracta

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular 42a. Notaria Santiago, Agustinas 1070 2° piso, certifica: Por escritura pública de fecha 16 de septiembre de 2021 otorgada ante mí, LISSETTE OROZCO ORTIZ, chilena, soltera, realizadora y guionista audiovisual, CI N°16.786.128-8, Los Magnolios Sur 10173, Barrio Grande Sur, Ciudad de los Valles, comuna de Pudahuel, de 33 años de edad, y BENJAMIN ESTEBAN BAND SAELZER, chileno, casado, comunicador audiovisual, ci n°16.767.501-8, Austria 2067, Providencia, de 34 años de edad, transformaron empresa individual de responsabilidad limitada constituida por Lissette Orozco Ortiz mediante escritura pública de fecha 24 de septiembre de 2012, ante la Notario Público de Santiago doña Nelly Dunlop Rudolffi, denominada “PRODUCCIONES Y REALIZACIONES AUDIOVISUALES LISSETTE OROZCO ORTIZ E.I.R.L.”, cuyo extracto fue inscrito a fojas 67.955 N°47.281 Registro de Comercio de Santiago del año 2012 y publicado en el Diario Oficial de fecha 03 de octubre de 2012, empresa que gira con el rut N°76.309.412-k, con capital de $500.000. CESIÓN DE DERECHOS.- LISSETTE OROZCO ORTIZ, dueña del 100% de los derechos en la empresa individual de responsabilidad limitada denominada PRODUCCIONES Y REALIZACIONES AUDIOVISUALES LISSETTE OROZCO ORTIZ E.I.R.L., vende, cede y transfiere parte de los derechos que ostenta, que equivalen al 50% en la empresa, a BENJAMIN ESTEBAN BAND SAELZER, quien los compra aceptan y adquiere para sí, en $250.000 dinero efectivo. TRANSFORMACIÓN EN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: Habiéndose reunido en manos de LISSETTE OROZCO ORTIZ y BENJAMIN ESTEBAN BAND SAELZER, el 100% de los derechos de la empresa individual de responsabilidad limitada denominada PRODUCCIONES Y REALIZACIONES AUDIOVISUALES LISSETTE OROZCO ORTIZ E.I.R.L., en proporción de 50% para cada uno, vienen en transformar dicha empresa individual en los términos y conforme lo autoriza el citado artículo catorce de la Ley N°19857 en una sociedad de responsabilidad limitada, la que se regirá por la Ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, por las disposiciones pertinentes del Código Civil y de Comercio en lo que le sean aplicables y, en especial por las estipulaciones del siguiente estatuto.- RAZON SOCIAL: PRODUCCIONES Y REALIZACIONES AUDIOVISUALES LISSETTE OROZCO ORTIZ LIMITADA nombre de Fantasía “SALMÓN PRODUCCIONES LTDA OBJETO: la realización, producción, difusión, creación y distribución de material y eventos audiovisuales; el arriendo de equipos audiovisuales y en general el desarrollo de proyectos audiovisuales, musicales y de crossmedia, asesoría de guiones para obras fílmicas, organización, promoción, difusión y publicidad de los mismos y cualquier otra actividad ligada a las áreas antes descritas. ADIMINISTRACION: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios, quienes actuando indistinta y separadamente y anteponiendo la razón social a su firma la representarán con las más amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, y especialmente con las que a título meramente enunciativo y no taxativo se indican en escritura que se extracta. CAPITAL: $500.000 que se enteran siguiente forma: a) LISSETTE OROZCO ORTIZ, aporta $250.000 ya ingresados en arcas sociales, que corresponden al capital de la empresa que por este acto se transforma; b) BENJAMIN ESTEBAN BAND SAELZER, aporta $250.000 ya ingresados en arcas sociales, que corresponden al capital de la empresa que por este acto se transforma. Como consecuencia de los aportes referidos, el capital de la sociedad queda distribuido entre los socios de la siguiente forma: a) LISSETTE OROZCO ORTIZ, 50% b) BENJAMIN ESTEBAN BAND SAELZER, 50%. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- DURACION: 5 años a contar de la fecha de la presente escritura, renovables a su vencimiento en forma automática, tácita y sucesiva, y por períodos iguales, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos seis meses al final del período respectivo.- Además deberá despachar con la misma anticipación una carta certificada a los restantes socios, comunicándoles haber procedido a dar el aviso de término.- La fecha de esta carta será la de su despacho.- DOMICILIO: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que sus administradores puedan abrir o iniciar.- Otras menciones constan escritura extractada. Santiago, 21 de octubre de 2021.-