CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INDSERVICE LTDA.

RUT 14106938-1 CVE 2032662
Capital
$8.000 CLP
Fecha instrumento
15 de octubre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
15 de octubre de 2021
Repertorio
4430-2021
Notario
R. ALFREDO MARTIN ILLANES
Oficio
15 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$8.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años desde fecha escritura renovable periodos iguales y sucesivos cinco años

Objeto social

Otras Actividades Especializadas De Construcción; Venta al por Menor de Artículos de Ferretería y Materiales de Construcción; Venta al por Menor de Pinturas, Barnices y Lacas en Comercios Especializados; Venta al por Menor de Productos de Vidrio en Comercios Especializados; Venta al por Menor de Tapices, Alfombras y Cubrimientos para Paredes y Pisos; Venta al por Menor de Muebles y Colchones en Comercios Especializados; Venta al por Menor de Aparatos Eléctricos, Textiles para el Hogar y otros Enseres Domésticos N.C.P.; Venta al por Menor de otros Artículos y Equipos de Deporte N.C.P.; Servicios de Arquitectura (Diseño de Edificios, Dibujo de Planos de Construcción, entre otros); Empresas de Servicios de Ingeniería y Actividades Conexas de Consultoría Técnica. Y en general cualquier actividad comercial que en futuro acuerden los socios relacionada directamente con el

Administración

GABRIELA ESTHER PIZARRO GONZÁLEZ,

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, Notario Público de la 15 Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N°201, oficina 101 y 102, Providencia, certifico: por escritura de fecha 15 de Octubre de 2021, otorgada ante mí suplente Francisco Rojas Arriagada, Repertorio N°4430-2021: Gabriela Esther Pizarro González, c.i. 14.106.938-1, domiciliada en calle Río Riñihue, Reñaca Alto, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso y Denis Antonio Muñoz Sánchez, c.i. 16.085.084-1, domiciliado en Avenida Las Torres N°335, comuna de Quilicura, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada conforme a extracto: Domicilio: Santiago. Razón social: “COMERCIALIZADORA PIZARRO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, nombre fantasía “INDSERVICE LTDA.“. Objeto: Otras Actividades Especializadas De Construcción; Venta al por Menor de Artículos de Ferretería y Materiales de Construcción; Venta al por Menor de Pinturas, Barnices y Lacas en Comercios Especializados; Venta al por Menor de Productos de Vidrio en Comercios Especializados; Venta al por Menor de Tapices, Alfombras y Cubrimientos para Paredes y Pisos; Venta al por Menor de Muebles y Colchones en Comercios Especializados; Venta al por Menor de Aparatos Eléctricos, Textiles para el Hogar y otros Enseres Domésticos N.C.P.; Venta al por Menor de otros Artículos y Equipos de Deporte N.C.P.; Servicios de Arquitectura (Diseño de Edificios, Dibujo de Planos de Construcción, entre otros); Empresas de Servicios de Ingeniería y Actividades Conexas de Consultoría Técnica. Y en general cualquier actividad comercial que en futuro acuerden los socios relacionada directamente con el objeto social. En general, la sociedad podrá dedicarse a todo tipo de negocios que los socios acuerden, que se relacionen con su objeto social, y podrá celebrar todos los actos, contratos y negocios que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, más toda otra actividad que los socios de común acuerdo determinen. Uso Razón Social y administración: GABRIELA ESTHER PIZARRO GONZÁLEZ, Capital: $8.000.000 aportados Doña GABRIELA ESTHER PIZARRO GONZÁLEZ, con la suma de $4.000.000, que corresponden al 50% del capital social de los cuales en el acto aporta $2.000.000 y el saldo e $2.000.000 pesos en la medida de las necesidades de la empresa. dentro de un año y DENIS ANTONIO MUÑOZ SÁNCHEZ con la suma de $4.000.000 que corresponden al 50% del capital social los cuales aporta en el acto $2.000.000 y el saldo de $2.000.000 en la medida de las necesidades de la empresa, dentro de 1 año. Socios Limitan responsabilidad al monto aportes. Duración: 5 años desde fecha escritura renovable periodos iguales y sucesivos cinco años. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 19 de Octubre de 2021.