CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MADERAS MIVAL SpA

CVE 2031140
Capital
$8.000 CLP
Fecha instrumento
13 de octubre de 2021
Notaría
Talca
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
13 de octubre de 2021
Repertorio
6438-2021
Notario
TEODORO PATRICIO DURAN PALMA
Oficio
5ª Notaria de Talca
Comuna
Talca

Sociedad

Capital
$8.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

venta al por mayor de madera en bruto y productos primarios de la elaboración de madera, venta al por mayor de materiales de construcción, artículos de ferretería, gasfitería. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios, y que tengan relación al objeto social;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

TEODORO PATRICIO DURAN PALMA, Notario Público, Titular de la 5ª Notaria de Talca, con oficio en 1 Norte N° 888, Talca, Certifico: Por escritura pública suscrita hoy, ante mí, Repertorio N° 6.438-2.021, doña PATRICIA ANDREA VALLADARES PEREIRA, domicilio en calle 23 norte N°1521 departamento 102D, de la ciudad de Talca, Región del maule, constituye sociedad por acciones de aquellas reguladas por las disposiciones del Párrafo 8o del Título VII del Libro II del Código de Comercio que regula las sociedades por acciones, y siempre que no se contrapongan con la naturaleza de este tipo de sociedades. Nombre o razón social será: MADERAS MIVAL SpA; Domicilio la ciudad de Pencahue, Región del Maule; Objeto: venta al por mayor de madera en bruto y productos primarios de la elaboración de madera, venta al por mayor de materiales de construcción, artículos de ferretería, gasfitería. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios, y que tengan relación al objeto social; Duración: Indefinida; Capital: ocho millones de pesos ($8.000.000) dividido en 100 acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado e ingresados a la caja social. Administración será ejercida por PATRICIA ANDREA VALLADARES PEREIRA, anteponiendo su firma a la razón social tendrá el uso de la razón social y representara a la sociedad, con las facultades que se señalan en la escritura. Demás estipulaciones constan en la escritura social. Talca, 13 de octubre de 2021.