Instrumento
- Fecha
- 19 de octubre de 2021
- Notario
- RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
- Oficio
- Titular Cuadragésima Notaria Santiago Alberto Mozo Aguilar
- Comuna
- Santiago Alberto Mozo Aguilar
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por periodos de 5 años cada uno
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo de servicios para las mascotas, especialmente la tramitación de todo tipo de permiso, servicios veterinarios, de aseo y peluquería, la importación y exportación de todo tipo de insumos artículos y productos para mascotas, como medicamentos, juguetes, ropa y alimentos, su comercialización y distribución, servicio de transporte y hospedaje, la representación de productos y marcas todo lo anterior por cuenta propia y de terceros y en general, la realización de todo tipo de actividades y negocios atingentes o no al objeto o giro antes señalado que los socios acuerden
Administración
Administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a uno cualquiera de los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, abogado, Notario Público, Suplente del Titular Cuadragésima Notaria Santiago Alberto Mozo Aguilar, Teatinos 332, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, CESAR AUGUSTO FARIA OROPEZA y doña KARLA GABRIELA SOTO AVILA, ambos domiciliados para estos efectos en Santa Elena 998 departamento 2204, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón Social: SUKI MASCOTAS LIMITADA, nombre de fantasía “SUKI LTDA.”.- Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo de servicios para las mascotas, especialmente la tramitación de todo tipo de permiso, servicios veterinarios, de aseo y peluquería, la importación y exportación de todo tipo de insumos artículos y productos para mascotas, como medicamentos, juguetes, ropa y alimentos, su comercialización y distribución, servicio de transporte y hospedaje, la representación de productos y marcas todo lo anterior por cuenta propia y de terceros y en general, la realización de todo tipo de actividades y negocios atingentes o no al objeto o giro antes señalado que los socios acuerden.- Administración: Administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a uno cualquiera de los socios. Capital: $3.000.000, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones; a) CESAR AUGUSTO FARIA OROPEZA la cantidad de $1.500.000 que corresponde al 50% del capital social, que paga de contado en este acto; b) doña KARLA GABRIELA SOTO AVILA, la cantidad de $1.500.000 que corresponde al 50% del capital social, que paga de contado en este acto. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Duración: 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por periodos de 5 años cada uno. Domicilio: Santiago.- Demás estipulaciones en pacto social extractado.Santiago, 19 de octubre de 2021.-