DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE SERVICIOS GASTRONÓMICOS BLUEDRAGON LIMITADA

RUT 76743812-5 CVE 2030737
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de octubre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de octubre de 2021
Notario
RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
Oficio
Cuadragésima Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Ley aplicable
ley Nº 18.046

Administración

Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 06 de octubre de 2021

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público de la Cuadragésima Notaria de Santiago, Suplente del titular don Alberto Mozo Aguilar, Teatinos Nº 332, Santiago, certifica: Por escritura hoy, ante mí, HYUNNAM JANG, coreano, casado, C.I. extranjeros Nº24.893.709-2, empresario, domiciliado en calle Del Candil Nº 655, El Sereno 52, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana y doña GA RAM YOON, coreana, soltera, C.I. extranjeros Nº21.498.230-7, empresaria, domiciliada en Avda. Kennedy Lateral Nº4777, Dpto. 118, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quienes por escritura de hoy, modificaron la SOCIEDAD DE SERVICIOS GASTRONÓMICOS BLUEDRAGON LIMITADA, RUT.:76.743.812-5, inscrita en el Registro de Comercio a Fojas:37494 Nº20620 del Registro de Comercio del año 2017 a cargo del Conservador de Bines Raíces de Santiago. Domiciliada en Santiago, Capital $20.000.000.- conforme a lo siguiente: UNO.) Doña GA RAM YOON, se retira de la sociedad y, en consecuencia, vende cede y transfiere el cien por ciento de su participación en la sociedad a doña HAYUN JEON, coreana, casada, C.I. extranjeros Nº25.075.886-3, empresaria, domiciliada en calle Del Candil Nº 655, El Sereno 52, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien compro dicha participación en la suma de $300.000.- pagados de contado mediante vale vista; cesión que es aceptada por el socio HYUNNAM JANG. DOS.) La Sociedad queda conformada por don HYUNNAM JANG y doña HAYUN JEON, con una cuota de participación de un 99% por ciento y 1 % de la sociedad, respectivamente, completando de esta forma el total del capital. TRES.) Que, los socios convienen en transformar la Sociedad de Responsabilidad Limitada en una Sociedad por Acciones, la que se regirá por el estatuto social contenido en la escritura pública de modificación y transformación y por los artículos Nº424 y siguientes del Código de Comercio. En silencio del estatuto social y de las disposiciones legales que regulan a las sociedades por acciones, y siempre que no se contrapongan con la naturaleza de este tipo de sociedades, la sociedad se regirá por las normas que la ley Nº 18.046 y su Reglamento, establecen para las sociedades anónimas cerradas, y en silencio de éstas últimas, por las disposiciones que el Código Civil establece en materia de sociedades, siempre que no atenten contra la esencia de este tipo social. En consecuencia, la sociedad queda de la siguiente forma: SOCIEDAD DE SERVICIOS GASTRONÓMICOS BLUEDRAGON S.P.A.- CUATRO.) La administración será ejercida de forma indistinta, conjunta o separadamente por ambos socios, sea por sí mismos o a través de terceros, conforme lo dispuesto en el Capitulo 3º de la administración y juntas de accionistas, en su artículo 10º referido a la Administración. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 06 de octubre de 2021.