NORDSEE VDA SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de octubre de 2021
- Repertorio
- 6124-2021
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero
- Duración
- La sociedad tendrá un plazo de duración de cinco años a contar desde la fecha de la escritura extractada, prorrogándose automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada vez, si ninguno de los accionistas manifestare su intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del período que estuviere vigente
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, Comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 20 de octubre del 2021, Repertorio N°6.124-2021, ante mí, ADMISTRADORA DE FONDOS DE INVERSIÓN NORDSEE CAPITAL MANAGEMENT S.A., sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número 77.398.007-1, domiciliada para estos efectos en Avenida Bernardo O´Higgins n° 241 oficina 904, ciudad de Concepción, Región del Bio Bío y de paso en ésta, constituyó una sociedad por acciones de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “NORDSEE VDA SpA”. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los accionistas. Administración, Representación y Uso Razón Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Martín Andrés Strube Arellano, cédula nacional de identidad número 13.831.973-3, don Fernando Andrés Prat Grob, cédula nacional de identidad número 15.183.670-4, don Fernando Javier Llull Beckdorf, cédula nacional de identidad número 15.855.165-9, don Felipe Andrés Molina Marisio, cédula nacional de identidad número 15.173.168-6, y don Bernardo Andrés Maritano Contreras, cédula nacional de identidad número 13.952.804-2, quienes actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en la escritura extractada, las cuales se dan por reproducidas de manera expresa. Capital Social: El capital de la Sociedad asciende a la suma de 100.000 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 100.000 acciones nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor y de una misma serie, correspondientes al 100% de la participación accionaria de la sociedad. El capital se suscribe y paga por el accionista en la forma que se expresa en el artículo transitorio de los estatutos de escritura extractada. Responsabilidad: Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de cinco años a contar desde la fecha de la escritura extractada, prorrogándose automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada vez, si ninguno de los accionistas manifestare su intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del período que estuviere vigente. Domicilio: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 22 de octubre de 2021.