LORENZO FLUXÁ AEROFOTOMETRÍA E IMPRESIÓN TRES D SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de octubre de 2021
- Notario
- JUAN ESPINOSA BANCALARI
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- La comuna de Concepción
- Duración
- Indefinida
Objeto social
- Capital y Acciones: El capital social será la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie, y sin valor nominal. Las referidas acciones se suscriben y pagan conforme se indica: a) La sociedad SANTA JOSEFINA SpA, a través de su representante don LORENZO ENRIQUE FLUXÁ HARMS, suscribe en este acto 500 acciones que quedan pagadas en este acto con la suma de $500.000, dinero que se entera e ingresa en efectivo, en las arcas sociales en este acto; b) Doña CAROLINA INÉS GERMANY LABARCA suscribe en este acto 250 acciones que quedan pagadas en este acto con la suma de $250.000, dinero que se entera e ingresa en efectivo, en las arcas sociales en este acto; y c) Don LORENZO EMILIO FLUXA ARMSTRONG suscribe en este acto 250 acciones que se pagan en este acto con la suma de $250.000, dinero que se entera e ingresa en efectivo en arcas sociales en este acto.- En consecuencia, queda la totalidad de las acciones en que se divide el capital social, íntegramente suscritas y pagadas, de la forma indicada, y que ingresa en arcas sociales. Cada uno de los accionistas se hace responsable frente a terceros hasta el monto de sus
Administración
La administración, representación y el uso del nombre de la sociedad corresponderá a don LORENZO ENRIQUE FLUXA HARMS quien actuará en calidad de administrador estatutario, con las más amplias facultades, debiendo anteponer su firma al nombre de la sociedad, aceptando en el acto de suscripción de esta escritura la designación, en los términos expresados en ella, con todas las facultades que en ella se contienen
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público de Concepción, con oficio en O’Higgins 528, certifica: Por escritura pública de fecha 7-10-2021, Rep. Nº 4473, ante mí, LORENZO ENRIQUE FLUXA HARMS, cédula de identidad Nº 10.075.442-8, actuando en representación en su calidad de gerente general, de la sociedad SANTA JOSEFINA SpA, Rut Nº 76.876.644-4, ambos domiciliados en Chacabuco número 485, oficina 1301, Concepción; doña CAROLINA INÉS GERMANY LABARCA, cédula de identidad Nº 16.155.613-0, domiciliada en Chacabuco 485, oficina 1301, Concepción; y don LORENZO EMILIO FLUXA ARMSTRONG, cédula de identidad Nº 21.128.026-3, domiciliado en Fundo El Venado, John Pomeroy 3164, San Pedro de la Paz, constituyeron una sociedad por acciones conforme a las normas contenidas en el párrafo VIII del Título VII del Libro II del Código de Comercio, artículos 424 y siguientes.- Razón social: “LORENZO FLUXÁ AEROFOTOMETRÍA E IMPRESIÓN TRES D SpA”.- Domicilio: La comuna de Concepción, sin perjuicio de las agencias, oficinas, sucursales o representaciones que el directorio acuerde establecer en otras comunas del país o en el extranjero. – Duración: La sociedad iniciará sus operaciones el día de la suscripción de la presente escritura y tendrá una duración indefinida.- Objeto de la sociedad: El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La planificación, el estudio de factibilidad y la ejecución de desarrollos urbanísticos, diseños arquitectónicos, construcciones, diseño, diseños paisajistas y ejecución de jardines y áreas verdes y la construcción de obras, y todos los actos tendientes a la realización de los cometidos anteriores; b) La asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, proyectos de construcción y diseño industrial; c) La prestación de todo tipo de servicios profesionales, especialmente aquellos relacionados con la arquitectura, el diseño y la construcción, aunque no excluyente; d) La prestación de servicios de asesorías y consultorías profesionales y técnicas, a personas naturales y jurídicas, pudiendo celebrar para tales efectos todos los actos, contratos, gestiones y negocios encaminados a tales fines, ya sea con entidades particulares o públicas, nacionales o extranjeras, pudiendo prestar por cuenta propia o a través de terceros, servicios, asesorías y consultoría en el desarrollo de actividades y servicios de aerofotometría, servicios topográficos, georreferenciaciones y evaluación de proyectos; e) La prestación de servicios de diseño, modelado e impresión tres D; y f) En general, cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden y que sean necesarios para el cabal cumplimiento del objeto social.- Capital y Acciones: El capital social será la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie, y sin valor nominal. Las referidas acciones se suscriben y pagan conforme se indica: a) La sociedad SANTA JOSEFINA SpA, a través de su representante don LORENZO ENRIQUE FLUXÁ HARMS, suscribe en este acto 500 acciones que quedan pagadas en este acto con la suma de $500.000, dinero que se entera e ingresa en efectivo, en las arcas sociales en este acto; b) Doña CAROLINA INÉS GERMANY LABARCA suscribe en este acto 250 acciones que quedan pagadas en este acto con la suma de $250.000, dinero que se entera e ingresa en efectivo, en las arcas sociales en este acto; y c) Don LORENZO EMILIO FLUXA ARMSTRONG suscribe en este acto 250 acciones que se pagan en este acto con la suma de $250.000, dinero que se entera e ingresa en efectivo en arcas sociales en este acto.- En consecuencia, queda la totalidad de las acciones en que se divide el capital social, íntegramente suscritas y pagadas, de la forma indicada, y que ingresa en arcas sociales. Cada uno de los accionistas se hace responsable frente a terceros hasta el monto de sus aportes.- De la Administración: La administración, representación y el uso del nombre de la sociedad corresponderá a don LORENZO ENRIQUE FLUXA HARMS quien actuará en calidad de administrador estatutario, con las más amplias facultades, debiendo anteponer su firma al nombre de la sociedad, aceptando en el acto de suscripción de esta escritura la designación, en los términos expresados en ella, con todas las facultades que en ella se contienen.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Concepción, 21 de octubre de 2021.