COMERCIALIZADORA e IMPORTADORA URIEL SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de octubre de 2021
- Notario
- FRANCISCA ROJAS DAMM
- Oficio
- 6° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCA ROJAS DAMM, Notario Público, Suplente de la 6° Notaría Santiago, Compañía Nº 1.085, Piso 14, certifico que por escritura pública de fecha 12 de Octubre del año 2021 ante mí; Comparece Don NICHOLAS GUINESS GUTIERREZ SHEPPARD, Chileno, Soltero, Empresario, Cedula Nacional de Identidad N° 18.390.908-8, domiciliado en Avenida Chile España número doscientos treinta y cinco, departamento mil ocho, Comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, actualmente el único y actual accionista de la Sociedad denominada “INVERSIONES URIEL SpA”, Rol Único Tributario, Número 77.107.667-K, sociedad inscrita a Fojas 95.619, Número 46.938, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes de Santiago, correspondiente al año 2019, se procede a extractar el “ACUERDO DE ACCIONISTA SIN FORMA DE JUNTA DE SOCIEDAD “INVERSIONES URIEL SpA”. CORRESPONDIENTE A MODIFICACION Y COMPLEMENTACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES; - Que Don NICHOLAS GUINESS GUTIERREZ SHEPPARD, ya individualizado, y en su calidad de único accionista de la sociedad “INVERSIONES URIEL SpA”, Inscrita a Fojas 95.619, Número 46.938, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes de Santiago, correspondiente al año 2019, procede a modificar y complementar los siguientes artículos del pacto social de la citada sociedad de la siguiente forma: (i) Se modifica el “ARTÍCULO PRIMERO”, quedando de la siguiente manera: “El nombre de la sociedad será “COMERCIALIZADORA e IMPORTADORA URIEL SpA”, pudiendo usar el nombre de fantasía de “COMERCIALIZADORA e IMPORTADORA URIEL SpA”, manteniéndose en todo lo demás lo señalado en el pacto social original”; (ii) Se complementa el Objeto de la sociedad, agregándose al “ARTÍCULO SEGUNDO”, las letras: “(d) Importaciones, Exportaciones de toda clase de bienes; (e) Comercializadora y Distribuidora de toda clase de bienes sean consumibles o no consumibles y en general, cualquier actividad que se acordare”, manteniéndose todo lo demás; (iii) Se aumenta el Capital de la sociedad, de Cincuenta Millones de Pesos a la suma de Cien Millones de Pesos, y de 5.000, Acciones, se aumenta a 10.000.- Acciones, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto, quedando en consecuencia el “ARTÍCULO CUARTO”, de la siguiente manera: “El capital de la sociedad es la suma de CIEN MILLONES DE PESOS, dividido en Diez Mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manara que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión”; (iv) Que conforme a la modificación del Artículo Cuarto, del Pacto Social, relativa al Capital Social y Número de Acciones; y a fin de que la presente modificación sea coherente en su redacción, se procede también a modificar el “Artículo Segundo Transitorio”, quedando de la siguiente manera: “El capital de la sociedad es la suma de Cien millones de pesos, dividido en Diez Mil Acciones, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; el accionista Don NICHOLAS GUINESS GUTIERREZ SHEPPARD, ya individualizado, suscribe en este acto Diez Mil Acciones, por un valor de Cien millones de pesos, las que suscribe y paga de la siguiente manera: a) La suma de $50.000.000.- equivalente a Cinco Mil Acciones, las cuales se dan por enteradas y pagadas; b) El saldo de $50.000.000.- equivalente a Cinco Mil Acciones, se suscriben y pagarán en el plazo de 1 año contado desde la presente modificación de pacto social”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago. 13 de Octubre de 2021.