CENTRO ECOTOMOGRAFICO APOQUINDO C.E.A. LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de agosto de 2021
- Repertorio
- 62110
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- Trigésima Cuarta Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000 CLP
Administración
La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a la socia ESTER MARCELA PIZARRO MEDINA. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes las estipulaciones del pacto social y en especial la limitación de la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaria de Santiago, con Oficio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, Comuna de Providencia, ciudad de Santiago certifica: por escritura pública de fecha 10 de agosto de 2021, ante mí, don MAXIMILIANO JOSE ALIAGA PIZARRO, domiciliado en CALLE PEDRO TORRES 1053, Ñuñoa, Santiago y don ERNESTO ARTURO NACHAR RUIZ, domiciliado en CALLE HOLANDA 337, departamento 905, Providencia, Santiago, quienes son socios de “CENTRO ECOTOMOGRAFICO APOQUINDO C.E.A. LIMITADA”, inscrita a fojas 11.268, N°9.196 del Registro de Comercio de Santiago de 1995, otorgada ante el notario don Hugo Leonardo Pérez Pousa, de la vigésima Notaria de Santiago e inscrita a fojas 11268 número 9196 del año 1995 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, numero de repertorio 62110 y el extracto publicado en el diario oficial de la republica el día 08 de junio de 1995 Los estatutos de la Sociedad han sido objeto de una modificación relativa a compra venta de derechos sociales, la que se encuentra anotada al margen de la inscripción social. Dicha modificación consta en la escritura pública de fecha diez de agosto de dos mil diecisiete, otorgada en la Notaría Pública de Santiago de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO. Un extracto de esa escritura fue inscrito a fojas setenta y un mil seiscientos cuarenta y ocho , número treinta y ocho mil seiscientos sesenta, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil diecisiete, y fue publicado en el Diario Oficial de fecha veintisiete de septiembre de dos mil diecisiete Vienen a realizar las siguientes modificaciones: 1.- Cesión de derechos: El Cedente, ERNESTO ARTURO NACHAR RUIZ dueño del treinta y siete coma cinco por ciento del total de los derechos sociales en la Sociedad, vende, cede y transfiere a la Cesionaria doña ESTER MARCELA PIZARRO MEDINA, quien compra, acepta y adquiere, el total de su participación social, dejando, en consecuencia, el Cedente de ser socio de la Sociedad. El precio total de esta cesión de derechos es la suma de un millón quinientos mil pesos, que la Cesionaria paga en este acto al Cedente, al contado y en dinero efectivo, declarando el Cedente recibirlo a su entera satisfacción, por lo que da por íntegramente pagado el precio de esta cesión. El cedente MAXIMILIANO JOSE ALIAGA PIZARRO titular del sesenta y dos coma cinco por ciento del total vende, cede y transfiere a la Cesionaria doña ESTER MARCELA PIZARRO MEDINA, quien compra, acepta y adquiere el treinta y dos coma cinco por ciento del total del capital. El precio total de esta cesión de derechos es la suma de un millón trecientos mil pesos, que la Cesionaria paga en este acto al Cedente, al contado y en dinero efectivo, declarando el Cedente recibirlo a su entera satisfacción, por lo que da por íntegramente pagado el precio de esta cesión. 2.- Como consecuencia de lo anterior, se modificaron artículos cuarto y quinto de estatutos; que extracto: Socios: MAXIMILIANO JOSE ALIAGA PIZARRO, y ESTER MARCELA PIZARRO MEDINA. Capital: $4.000.000: a) MAXIMILIANO JOSE ALIAGA PIZARRO, $1.200.000, equivalente al 30% del interés social; y b) ESTER MARCELA PIZARRO MEDINA, $2.800.000, equivalente al 70% del interés social. Aportes íntegramente pagados y enterados en dinero efectivo. Administración: La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a la socia ESTER MARCELA PIZARRO MEDINA. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes las estipulaciones del pacto social y en especial la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO 21 de octubre de 2021.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.