MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

BRAVO ENERGY COMERCIAL LIMITADA

RUT 76103840-0 CVE 2030056
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de octubre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de octubre de 2021
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

a) explorar, reconocer, prospectar e investigar geológica y mineralógicamente y explotar yacimientos mineros a fin de extraer, producir y procesar minerales, subproductos y derivados, u otra cualquier clase de productos que se obtengan de dicha extracción de los yacimientos de la sociedad, pudiendo para estos efectos instalar, explotar y operar plantas de beneficio y tratamientos de minerales y sustancias provenientes de la extracción y explotación de yacimientos mineros; b) constituir y adquirir derechos de cualquiera naturaleza, especialmente concesiones mineras; c) procesar, producir, vender , transportar, exportar, distribuir y, en general, comercializar sustancias y productos minerales, derivados del petróleo y aceites, y residuos industriales; d) actuar como comisionista de terceros, en la promoción de negocios y realización de ventas y servicios relacionados con el retiro, almacenaje, procesamiento y venta de residuos de aceites, petróleos y residuos industriales; y e) celebrar, realizar y ejecutar todos los actos y contratos civiles, comerciales, mineros e industriales y metalúrgicos que se relacionen con la exploración y explotación de minerales, productos y subproductos mineros y derivados del petróleo y aceites, conducentes a los objetivos señalados y a los demás objetivos que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 15 de octubre de 2021, Rep. N° 23.808-2021 ante mí, CONSULTORA MOFE SpA y LAPINTA CONSULTORES SpA; todos domiciliados en Candelaria Goyenechea número tres mil novecientos, oficina cuatrocientos uno, comuna de Vitacura, todos los anteriores en calidad de únicos y actuales socios de BRAVO ENERGY COMERCIAL LIMITADA, quienes acordaron A/ Reemplazar el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Quinto: El capital social es la suma de un millón de pesos, moneda nacional, que los socios aportan y pagan en la forma siguiente: a) Consultora Mofe SpA, aporta quinientos mil pesos, esto es el cincuenta por ciento del capital social, totalmente enterado y pagado. b) Lapinta Consultores SpA, aporta quinientos mil pesos, esto es el cincuenta por ciento del capital social, totalmente enterado y pagado. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de los respectivos aportes”. B/ Transformar la sociedad en una sociedad por acciones de cuyo estatutos se extracta: Nombre: “Bravo Energy Comercial SpA”; Objeto: a) explorar, reconocer, prospectar e investigar geológica y mineralógicamente y explotar yacimientos mineros a fin de extraer, producir y procesar minerales, subproductos y derivados, u otra cualquier clase de productos que se obtengan de dicha extracción de los yacimientos de la sociedad, pudiendo para estos efectos instalar, explotar y operar plantas de beneficio y tratamientos de minerales y sustancias provenientes de la extracción y explotación de yacimientos mineros; b) constituir y adquirir derechos de cualquiera naturaleza, especialmente concesiones mineras; c) procesar, producir, vender , transportar, exportar, distribuir y, en general, comercializar sustancias y productos minerales, derivados del petróleo y aceites, y residuos industriales; d) actuar como comisionista de terceros, en la promoción de negocios y realización de ventas y servicios relacionados con el retiro, almacenaje, procesamiento y venta de residuos de aceites, petróleos y residuos industriales; y e) celebrar, realizar y ejecutar todos los actos y contratos civiles, comerciales, mineros e industriales y metalúrgicos que se relacionen con la exploración y explotación de minerales, productos y subproductos mineros y derivados del petróleo y aceites, conducentes a los objetivos señalados y a los demás objetivos que acuerden los accionistas. Artículo Tercero: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero; Capital: $1.000.000.- dividido en 10.000 acciones nominativas, iguales, de una misma serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 18 de octubre de 2021.-