SOCIEDAD MEXICANSBURGUER.CL SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de agosto de 2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, NOTARIO PRUBLICO, SUPLENTE DEL TITULAR Álvaro González Salinas, de la 42º Notaria de Santiago, Agustinas N°1.070, 2° piso, por escritura pública de saneamiento de sociedades Ley 19.499, de fecha 24-08-2021, ante mi, Don JUAN FRANCISCO CARVAJAL VILLEGAS, cédula de identidad para extranjeros número 26.786.763-1, con domicilio en calle Avenida Alberto Hurtado 59, departamento número 2.811, Comuna de Estación Central, y Doña MARIE ANGGY SÁNCHEZ SÁNCHEZ, cédula de identidad para extranjeros número 26.070.026-K, con domicilio en Coronel Souper 4.222, departamento número 710, Torre A, Comuna de Estación Central, sanean extracto de Constitución de Sociedad denominada “SOCIEDAD MEXICANSBURGUER.CL SpA.”, RUT: 77.374.955-8, CAPITAL $1.000.000.- constituida por escritura pública de fecha 07-05-2021, otorgada en esta misma Notaria Santiago de Don ALVARO GONZALEZ SALINAS, la que se inscribió, en extracto, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 36.660, número 16.881, año 2021, publicado en el Diario Oficial, de fecha 14-05-2021: saneamiento consiste, por un error involuntario en el extracto que se inscribió en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, el cual consistió en que se señaló, en dicho extracto, lo siguiente: a) como fecha de constitución de la sociedad la del seis de mayo de dos mil veintiuno, debiendo decir, como fecha de constitución de la sociedad la del siete de mayo de dos mil veintiuno, y; b) sobre la administración de la sociedad se extractó el artículo segundo transitorio, en que señala los directores, acarreando esta indicación involuntaria, diversos inconvenientes sociales y administrativos; en consecuencia, donde dice: “seis de mayo de dos mil veintiuno”, debe decir: “siete de mayo de dos mil veintiuno”; asimismo, sanean el extracto en aquella parte, donde dice: “La Sociedad será administrada por un Directorio, el que estará integrado por don JUAN FRANCISCO CARVAJAL VILLEGAS, doña MARIE ANGGY SÁNCHEZ SÁNCHEZ y don RENNY GABRIEL MARTINEZ TORREALBA, sin perjuicio de las modificaciones acordadas en el futuro por la Junta de Accionistas”, debe decir: “La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto por tres miembros elegidos por la Junta de Accionistas. Demas estipulaciones escritura extractada. Santiago, 26-08-2021.