RUIZ & VARGAS ABOGADOS ASOCIADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de septiembre de 2021
- Notario
- FELIPE ANDRES JOPIA NAVARRO
- Domicilio
- Iquique
- Comuna
- Pública de Iquique
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE ANDRES JOPIA NAVARRO, Abogado, Notario Público Interino Iquique, Serrano N° 191, Certifico: Por escritura ante hoy ante mí, LORENA ELIZABETH VARGAS MIRANDA, C.I. N° 16,055,353-7; TAMARA ALEJANDRA RUIZ ROJO, C.I. N° 15,501,480-6; y, CESAR ANTONIO OCAYO FLORES, C.I. N° 15,684,215-K, todos Manuel Thompson N° 127, Oficina N° 703, Edificio Puerto Mayor, Iquique; Modifican RUIZ & VARGAS ABOGADOS ASOCIADOS LIMITADA, Rut N° 76,695,007-8, constituida el 22 de Febrero del 2017, en la Notaría Pública de Iquique, de María Antonieta Niño de Zepeda Parra, con nombre de fantasía RUIZ & VARGAS LTDA., cuyo capital inicial fue de $10.000.000.- Extracto se inscribió en Registro de Comercio de Iquique a Fojas 280 vuelta, N° 242 del 2017. Modificaciones consisten: a) TAMARA ALEJANDRA RUIZ ROJO, se retira de la sociedad y cede, vende y transferiere la totalidad de sus derechos, que corresponden al 50% siguiente forma: Uno) A CESAR ANTONIO OCAYO FLORES, el 10%, en $1,000,000, pagados previamente, declarando TAMARA ALEJANDRA RUIZ ROJO, haberlos recibido a su entera conformidad y satisfacción; Dos) Y, a LORENA ELIZABETH VARGAS MIRANDA, el 40%, en $2,000,000, pagados previo a este acto, declarando TAMARA ALEJANDRA RUIZ ROJO, haberlos recibido a su entera conformidad y satisfacción.- Quedan como unicos socios LORENA ELIZABETH VARGAS MIRANDA, con un 90% de derechos en la sociedad y CESAR ANTONIO OCAYO FLORES, con un 10% de derechos en la sociedad.- Las utilidades y pérdidas que se registren durante el año comercial se repartirán en los porcentajes señalados.- Los socios actuales vienen en modificar la razón social y el nombre de fantasía actual, quedando definitivamente ACTIO LEGIS LIMITADA, pudiendo usar nombre de fantasía ACTIO LEGIS LTDA..- Administración y uso de la razón social corresponderá de manera conjunta o separada a LORENA ELIZABETH VARGAS MIRANDA y a CESAR ANTONIO OCAYO FLORES, con amplias facultades señaladas en la cláusula Cuarta de escritura primitiva. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Iquique, 29 de SEPTIEMBRE de 2021.