Instrumento
- Fecha
- 15 de octubre de 2021
- Notario
- Jorge Reyes Bessone
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la atención de consultas y la prestación de servicios y asesorías en el campo de la medicina, particularmente de la traumatología, sea ejercida directamente por los accionistas o por terceros, y toda otra actividad lícita, directa o indirectamente relacionada con lo anterior que los accionistas acuerden llevar a cabo
Administración
Por un Gerente designado por los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Reyes Bessone, Notario Público titular de San Miguel, Gran Av. J.M. Carrera Nº 4.886, San Miguel, certifico: Por escritura pública de fecha 15 de Octubre de 2021, ante mí, ARTURO ALEJANDRO RIVERA ASTUDILLO, domiciliado en Cerro El Plomo 5420, oficina 1208, Las Condes, Región Metropolitana, constituyó la siguiente sociedad por acciones: Nombre: “EL ESPINO SpA”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de que pueda constituir agencias, oficinas y sucursales en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será la atención de consultas y la prestación de servicios y asesorías en el campo de la medicina, particularmente de la traumatología, sea ejercida directamente por los accionistas o por terceros, y toda otra actividad lícita, directa o indirectamente relacionada con lo anterior que los accionistas acuerden llevar a cabo. Capital: $500.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, toda de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado según se expresa en disposiciones transitorias. Administración: Por un Gerente designado por los accionistas. El accionista constituyente, don Arturo Alejandro Rivera Astudillo, se auto designó en el cargo de Gerente según se expresa en disposiciones transitorias. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Miguel, 19 de octubre de 2021.