MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria Doña Catalina SpA

RUT 77005498-2 CVE 2027439
Fecha instrumento
29 de septiembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de septiembre de 2021
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Que, con fecha 29 de septiembre del 2021, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Primera Junta General Extraordinaria de Accionistas Inmobiliaria Doña Catalina SpA, celebrada ante mí, el 29 de septiembre del año 2021, en la que se encontraban presentes y representadas el 100% de las acciones emitidas por la sociedad, y en la que se acordó, entre otras materias, modificar el Artículo Quinto, el Articulo Decimo, y el Articulo Primero Transitorio de los estatutos sociales estipulados en la escritura pública de constitución de la sociedad Inmobiliaria Doña Catalina SpA, de fecha 28 de enero del año 2019, otorgada ante doña Karina Flores Muñoz, Suplente del Titular, don Andrés Rieutord Alvarado, la que en extracto se inscribió a fojas 12320 número 6488 del Registro de Comercio del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial de fecha 15 de febrero del año 2019. Se acordó reemplazar el Artículo Quinto, por el siguiente: Artículo Quinto. El capital de la sociedad es de un millón diez mil pesos, dividido en diez mil acciones nominativas, sin valor nominal y de única serie. Las acciones podrán ser emitidas sin necesidad de imprimir láminas físicas de las mismas. Se acordó reemplazar el Artículo Décimo, por el siguiente: Artículo Décimo. La administración, representación y uso de la razón social de Inmobiliaria Doña Catalina SpA, le corresponderá a don Jorge Mario Grainger Pancera, cedula nacional de identidad número 7.034.914-0, a don Felipe Alfonso Sanhueza del Campo, cedula nacional de identidad número 10.030.155-5, a don Jaime Luis Rodillo Huerta, cedula nacional de identidad número 6.428.201-8, a don Lukas Carlos Koporcic García, cedula nacional de identidad número 5.865.626-7, y a don Rodolfo de Bonnafos Gándara, cedula nacional de identidad número 7.267.434-0, para que, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, puedan representar a la referida sociedad, con las atribuciones y facultades señaladas escritura extractada. Se acordó reemplazar el Artículo primero Transitorio, por el siguiente: Artículo Primero Transitorio. El capital de la sociedad de un millón diez mil pesos, dividido en diez mil acciones nominativas, de igual valor y sin valor nominal, se entera y paga íntegramente en este acto, por los accionistas, de la siguiente manera: a) Catalina Ovalle Gandarillas, suscribe en este acto, cuatro mil ciento ocho acciones, a un precio de cien pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; b) Jorge Mario Grainger Pancera, suscribe en este acto, mil setecientos cuarenta y tres acciones, a un precio de cien pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; c) Felipe Alfonso Sanhueza del Campo, suscribe en este acto, mil trescientas ochenta y cinco acciones, a un precio de cien pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; d) Jaime Luis Rodillo Huerta, suscribe en este acto, ochocientas veintidós acciones, a un precio de cien pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; e) Lukas Carlos Koporcic García, suscribe en este acto, ochocientas veintidós acciones, a un precio de cien pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; f) Rodrigo Jullian Pope, suscribe en este acto, ochocientas veintidós acciones, a un precio de cien pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; y g) Felipe Montesinos de Ugarte, suscribe en este acto, trescientas noventa y ocho acciones, a un precio de cien pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción;. De esta manera, ha quedado íntegramente suscrito, enterado y pagado el capital de la sociedad. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Andrés Rieutord A., Notario Público Titular. Santiago, 14 de octubre de 2021.