CONSTRUCTORA PROVIDENCIA SOCIEDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de octubre de 2003
- Notario
- ELENA LEYTON CARVAJAL
- Oficio
- Cuarta Notaría de Temuco
- Comuna
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $2.520.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalELENA LEYTON CARVAJAL, abogado, Notario Público, titular de la Cuarta Notaría de Temuco, con asiento en esta comuna, calle Claro Solar N° 831, Temuco, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, don CRISTIÁN GERALD PAULSEN DILLEMS, constructor civil; don SERGIO HERNÁN AVENDAÑO JARA, constructor civil; don MATÍAS ERRÁZURIZ LYON, ingeniero civil; todos para estos efectos, domiciliados en Temuco, calle Vicuña Mackenna 652; y don FERNANDO GONZALO ROMERO MEDINA, ingeniero civil, domiciliado en Temuco, calle Martín Lutero 02806, casa 15; modificaron sociedad CONSTRUCTORA PROVIDENCIA SOCIEDAD LIMITADA, constituida el 14 de octubre de 2003, ante el Notario de Temuco don Claudio González Rosas, se inscribió a fojas 792 vta. N°691 en Registro Comercio de Temuco del 2003, y se publicó en D.Of. de 21 de octubre de 2003.- Hasta la fecha, esta sociedad ha tenido diversas modificaciones, siendo la última de fecha 16 de octubre de 2015 otorgada en la Notaría de Temuco de don Carlos Alarcón Ramírez, extracto se inscribió a fojas 1773 vta. N°1163 en Registro Comercio de Temuco de 2015 y publicado en D.Of. de 29 de Octubre de 2015 Actuales socios de CONSTRUCTORA PROVIDENCIA SOCIEDAD LIMITADA, son don CRISTIÁN GERALD PAULSEN DILLEMS, don SERGIO HERNÁN AVENDAÑO JARA y don MATÍAS ERRÁZURIZ LYON y el capital social es de $1.636.183.165.- aportados a razón de un 33,33% para los dos primeros socios, y un 33,34%, para el tercer socio. Por instrumento, los comparecientes acuerdan modificar los estatutos de dicha sociedad. Se acuerda aumentar el capital actual de la sociedad, ascendente a $1.636.183.165.- a un nuevo capital de $2.520.000.000.- esto es, se aumenta en $883.816.835.-.- Aumento de capital se entera y materializa: 1.-- Con la capitalización de la cuenta de Revalorización del Capital Propio, según balance practicado al 31 de diciembre de 2020, por la suma total de $279.122.893.-, que se entera a razón de $93.031.660 por cada uno de socios CRISTIÁN GERALD PAULSEN DILLEMS y don SERGIO HERNÁN AVENDAÑO JARA; y $93.059.573.- para el socio don MATÍAS ERRÁZURIZ LYON.- 2.- Con la capitalización de parte de las utilidades acumuladas según balance practicado al 31 de diciembre de 2020, por la suma total de $350.204.308, que se entera a razón de $116.723.096.- por cada uno de los socios CRISTIÁN GERALD PAULSEN DILLEMS y don SERGIO HERNÁN AVENDAÑO JARA; y $116.758.116.- don MATÍAS ERRÁZURIZ LYON.- 3.- Con la suma de $204.489.634, que enteran y enterarán, de la siguiente forma: a) Cada uno de los socios CRISTIÁN GERALD PAULSEN DILLEMS, don SERGIO HERNÁN AVENDAÑO JARA se obligan a enterar dentro del plazo de 3 años contados desde esta fecha $905.395.-; b) Don MATÍAS ERRÁZURIZ LYON se obliga a enterar dentro del plazo de 3 años contados desde esta fecha $678.844.-; y c) Don FERNANDO GONZALO ROMERO MEDINA que por este acto ingresa como nuevo socio a la sociedad, se obliga a aportar la suma $252.000.000.- que lo entera y se obliga a enterar de la siguiente forma: a) con $50.000.000.-, ya enterados e ingresados a caja social; b) con $50.000.000.- que se obliga a enterar a más tardar el 31 de marzo de 2022; y c) con $152.000.000., que se obliga a enterar a más tardar el día 31 de diciembre de 2023.- Los saldos pendientes por enterar lo podrán ser en dinero o bien con cargo a utilidades futuras, revalorizaciones o capitalizaciones. En consecuencia, el nuevo capital de la sociedad, ascendente a $2.520.000.000.-, se aporta por socios en siguientes montos: a) CRISTIÁN GERALD PAULSEN DILLEMS, aporta la suma total de $756.000.000.-, equivalente al 30% del capital social, de los cuales $755.094.605.- se encuentran íntegramente pagados; y el saldo de $905.395.- se obliga a enterar dentro de plazo de 3 años contados desde esta fecha. b) Don SERGIO HERNÁN AVENDAÑO JARA aporta la suma total de $756.000.000.-, equivalente al 30% del capital social, de los cuales $755.094.605.- se encuentran íntegramente pagados; y el saldo de $905.395.- se obliga a enterar dentro de plazo de 3 años contados desde esta fecha. c) don MATÍAS ERRÁZURIZ LYON que aporta la suma total de $756.000.000.-, equivalente al 30% del capital social, de los cuales $755.321.156.- se encuentran íntegramente pagados; y el saldo de $678.844.- se obliga a enterar dentro de plazo de 3 años contados desde esta fecha y d) don FERNANDO GONZALO ROMERO MEDINA aporta la suma de $252.000.000.-, equivalente al 10% del capital social, de los cuales ha pagado y enterado, la suma de $50.000.000.-, y por pagar y enterar la suma de $202.000.000.-, en la forma que se ha indicado. Actualmente son únicos socios de CONSTRUCTORA PROVIDENCIA SOCIEDAD LIMITADA, don CRISTIÁN GERALD PAULSEN DILLEMS, don SERGIO HERNÁN AVENDAÑO JARA, don MATÍAS ERRÁZURIZ LYON y don FERNANDO GONZALO ROMERO MEDINA a razón de un 30% para cada uno de los 3 primeros, y un 10% para el último, esto tanto en capital, interés y participación social. Ünicos y actuales acuerdan introducir las siguientes modificaciones a estatutos sociales Uno) Modifican cláusula sexta de los estatutos sociales relativa al capital. Capital social es la suma de $2.520.000.000.-, que los socios han aportado y enterarán: a) CRISTIÁN GERALD PAULSEN DILLEMS aporta $756.000.000.-, que entera: (i) Con $755.094.605 íntegramente pagados, ingresados a caja social; y (ii) con $905.385.-, que se obliga a enterar dentro de plazo de 3 años contados desde esta fecha; b) SERGIO HERNÁN AVENDAÑO JARA aporta $756.000.000.-, que entera: (i) Con $755.094.605 íntegramente pagados, ingresados a caja social; y (ii) con $905.385.-, que se obliga a enterar dentro de plazo de 3 años contados desde esta fecha c) MATÍAS ERRÁZURIZ LYON aporta $756.000.000.-, que entera: (i) Con $755.321.156.- íntegramente pagados, ingresados a caja social; y (ii) con $678.844.-, que se obliga a enterar dentro de plazo de tres 3 contados desde esta fecha; y d) El socio FERNANDO GONZALO ROMERO MEDINA, aporta $252.000.000.- que lo entera y se obliga a enterar de la siguiente forma: a) con $50.000.000.-, ya enterados e ingresados a caja social; b) con $50.000.000.- que se obliga a enterar a más tardar el 31 de marzo de 2022; y c) con $152.000.000., que se obliga a enterar a más tardar el día 31 de diciembre de 2023.- Los saldos pendientes por enterar, lo podrán ser en dinero o bien con cargo a utilidades futuras, revalorizaciones o capitalizaciones.” Dos) Se modifica la cláusula OCTAVA de los estatutos sociales, relativas a utilidaes y pérdidas. Tres) ocios acuerdan actualizar y refundir la redacción de la cláusula CUARTA de dichos estatutos, relativa a la administración y uso de la razón social, quedando forma indicada instrumento que extracto Administración, representación y uso de la razón social, corresponderá individualmente al socio don CRISTIÁN GERALD PAULSEN DILLEMS.-,quien en la forma indicada, representará y obligará a la sociedad, en todos los actos en que ésta sea parte o tenga interés, dentro y fuera de su giro ordinario. Sin perjuicio de lo anterior, se requerirá la concurrencia de don CRISTIÁN GERALD PAULSEN DILLEMS conjuntamente con uno cualquiera de otros socios en actos y contratos indicados en escritura Cuatro) Se reemplaza la cláusula DECIMO CUARTA, relativa al arbitraje y resolución de conflictos. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco, Octubre 07, 2021.