LUBRICANTES QUINCE NORTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de septiembre de 2021
- Notario
- EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
- Domicilio
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $4.600.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, Notario Público de Viña del Mar, Av. Libertad 901 local A, certifico: Que, por escritura pública de 28 de septiembre de 2021, ante Notario Suplente don AGUSTÍN VENEGAS MANCILLA, Don MARCELO ENRIQUE MADARIAGA NAZIR, domiciliado en 15 Norte N° 1119, Viña del Mar, por sí y en representación de doña VILMA ROSA NAZIR RAMÍREZ, domiciliada en 5 Norte N° 1294, Viña del Mar, doña JAVIERA ISIDORA MADARIAGA SABATTINI, domiciliada en República N°5, Quillota; y don MARCELO IGNACIO MADARIAGA FERNÁNDEZ, domiciliado en Av. Edmundo Eluchans N° 2805, departamento 2305, Viña del Mar, acuerdan introducir a la sociedad LUBRICANTES QUINCE NORTE LIMITADA, Rut N° 77.393.300-6, las siguientes modificaciones: 1) Doña Vilma Rosa Nazir Ramírez vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la Sociedad los cuales constituyen un 5,75% del capital social, equivalente a $4.600.000, a don Marcelo Enrique Madariaga Nazir la suma de $1.399.932, que consiste en un 30,43% de sus derechos sociales, quien compra, adquiere y acepta para sí la suma a pagar con cargo a las utilidades de la sociedad en un plazo no mayor a 3 años, a doña Javiera Isadora Madariaga Sabattini la suma de $1.600.034, que consiste en un 34,78% de su participación en sus derechos sociales, quien compra, adquiere y acepta para sí la suma a pagar con cargo a las utilidades de la sociedad en un plazo no mayor a 3 años y a don Marcelo Ignacio Madariaga Fernández la suma de $1.600.034, que consiste en un 34,78% de sus derechos sociales, quien compra, adquiere y acepta para sí la suma a pagar con cargo a las utilidades de la sociedad en un plazo no mayor a 3 años. 2) Los socios acuerdan que las utilidades y las pérdidas, si las hubiere, se repartirán de la siguiente forma: a) A don Marcelo Ignacio Madariaga Fernández un 29,13 por ciento b) a doña Javiera Isadora Madariaga Sabattini, un 29,12 por ciento c) a don Marcelo Enrique Madariaga Nazir, un 41,75 por ciento. 3) Los derechos de cada uno de los socios en el capital social, el cual es de $80.000.000 equivaldrían a un 66,749% de los que es dueño don Marcelo Enrique Madariaga Nazir, lo cual asciende a la suma de $53.399.780, doña Javiera Isadora Madariaga Sabattini Nazir es dueña del 16,64% de los derechos sociales, lo cual asciende a la suma de $13.319.880 y don Marcelo Ignacio Madariaga Fernández es dueño del 16,6% de los derechos sociales, lo cual asciende a la suma de $13.280.340 a los siguientes porcentajes del capital social, el cual es de $80.000.000. 4) Como consecuencia de lo anterior, los comparecientes acuerdan las siguientes modificaciones al estatuto social: a) reemplazar el artículo primero por el siguiente: “PRIMERO: Por el presente instrumento, don MARCELO ENRIQUE MADARIAGA NAZIR, doña JAVIERA ISADORA MADARIAGA SABATTINI y don MARCELO IGNACIO MADARIAGA FERNÁNDEZ, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, regida, en todo aquello no estipulado en este contrato, por lo prescrito por la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, las disposiciones del Código Civil, el de Comercio, en aquello que sea aplicable a esta materia.” b) reemplazar el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de ochenta millones de pesos, el cual se distribuye de la siguiente manera: Don Marcelo Enrique Madariaga Nazir es dueño del 66,749% de los derechos sociales, que asciende a la suma de $53.399.780, doña Javiera Isadora Madariaga Sabattini Nazir es dueña del 16,64% de los derechos sociales, que asciende a la suma de $13.319.880 y don Marcelo Ignacio Madariaga Fernández es dueño del 16,6% de los derechos sociales, que asciende a la suma de $13.280.340.” c) modificar el artículo sexto por el siguiente: “SEXTO: Las utilidades y las pérdidas, si las hubiere, se repartirán entre los socios de la siguiente forma: A don Marcelo Ignacio Madariaga Fernández un 29,13 por ciento; a doña Javiera Isadora Madariaga Sabattini, un 29,12 por ciento y a don Marcelo Enrique Madariaga Nazir, un 41,75 por ciento”.- En todo lo que no se modifica por el instrumento extractado, continúan plenamente vigentes las demás estipulaciones que constan en los estatutos sociales. Viña del Mar, a 14 de octubre de 2021.