MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES SAN HERNÁN LIMITADA

RUT 79889070-0 CVE 2026708
Capital
$3.400.000 CLP
Fecha instrumento
6 de octubre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de octubre de 2021
Notario
ÁLVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
42° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.400.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas N°1070, Santiago, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de 6 de octubre de 2021, ante mí, comparecieron: “Agrícola 7PC SpA”, domiciliada en Asturias N°164, Las Condes, Región Metropolitana; María Eugenia Peró Costabal; María Eugenia Allende Peró; Roberto Allende Peró; Gonzalo Allende Peró; Josefina Allende Peró; y, Pedro Allende Peró, estos últimos domiciliados en Camino Real N°4.409, Lo Barnechea, Región Metropolitana, quienes en su calidad de únicos socios de la sociedad “INVERSIONES SAN HERNÁN LIMITADA”, RUT 79.889.070-0, con extracto de constitución inscrito a fojas 5.981, N°2.935 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1989, la modificaron en lo relativo a su administración y a la participación de los socios en el interés social. Esto último, en virtud de la cesión de derechos en que “Agrícola 7PC SpA”, titular del 98,59% del total del interés social, cede la totalidad de sus derechos y se retira de la sociedad de la siguiente forma: a María Eugenia Peró Costabal el 8.59% del total de los derechos sociales por la suma de $292.060; a María Eugenia Allende Peró el 18% del total del interés social por la suma de $612.000; a Roberto Allende Peró el 18% del total del interés social por la suma de $612.000; a Gonzalo Allende Peró el 18% del total del interés social por la suma de $612.000; a Josefina Allende Peró el 18% del total del interés social por la suma de $612.000; y, a Pedro Allende Peró el 18% del total del interés social por la suma de $612.000. Al efecto, se sustituyeron los artículos Primero, Quinto y Sexto permanentes del pacto social, siendo las siguientes materias de extracto: ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a María Eugenia Peró Costabal, quien actuando por sí o por medio de representantes, representará a la sociedad. En caso de muerte o incapacidad sobreviniente de María Eugenia Peró Costabal, la administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a María Eugenia Allende Peró, Roberto Allende Peró, Gonzalo Allende Peró, Josefina Allende Peró y Pedro Allende Peró, quienes actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos podrán representar a la sociedad. CAPITAL: El capital social es $3.400.000, íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha en las siguientes proporciones: María Eugenia Peró Costabal $340.000, equivalentes al 10% del total del interés social; María Eugenia Allende Peró $612.000, equivalentes al 18% del total del interés social; Roberto Allende Peró $612.000, equivalentes al 18% del total del interés social; Gonzalo Allende Peró $612.000, equivalentes al 18% del total del interés social; Josefina Allende Peró $612.000, equivalentes al 18% del total del interés social; y, Pedro Allende Peró $612.000, equivalentes al 18% del total del interés social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de octubre de 2021.