CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Eurocel PV Limitada

CVE 2026387
Capital
$4.383.968.804 CLP
Fecha instrumento
21 de septiembre de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
21 de septiembre de 2021
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$4.383.968.804 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país
Duración
La duración de la Sociedad será de 10 años, contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará en forma tácita, sucesiva y automática por períodos de 10 años cada uno, según los señalado en escritura extractada

Objeto social

El objeto de la Sociedad será la inversión, en el extranjero, en toda clase de bienes, ya sea corporales o incorporales, muebles e inmuebles, incluyendo especialmente, de forma no taxativa y meramente ejemplar, todo tipo de valores mobiliarios, tales como acciones de sociedades anónimas, derechos en otras sociedades, bonos, debentures y toda clase de depósitos en divisas y cualquier otro contrato o convenio que la Junta de accionistas acuerde. Asimismo, la Sociedad podrá? realizar cualesquier otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad

Administración

La Administración y el uso de la razón social corresponderá a administradores denominados “Administradores Clase A” y “Administradores Clase B” que tendrán la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, estarán investidos de una o más de las facultades que se enumeran en escritura extractada. Los socios designaron como Administradores, los siguientes: “Administradores Clase A”: Los señores Alejandro Saval Bravo, Rodrigo Saval Bravo y a doña María Isabel Saval Bravo y “Administradores Clase B”: Don Alejandro Saval Bravo, doña María Isabel Saval Bravo; don Rodrigo Saval Bravo; doña Carolina Pérez-Iñigo González y don Luis Tapia Cortes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de 21 de septiembre de 2021, ante mí, Sociedad de Inversiones Celta SpA; Inversiones Hermanos Saval Limitada y Euro Laboratorios Limitada, Inversiones Alejandro Saval Bravo SpA e Inversiones Rodrigo Saval Bravo SpA, todos domiciliados en Avenida Eduardo Frei Montalva N°4.600, Renca, y de paso en esta Notaría, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, resultante de la división de la sociedad Inversiones Eurocel SpA, cuyas principales estipulaciones son las siguientes: Razón social: El nombre o razón social de la sociedad será Inversiones Eurocel PV Limitada pudiendo también usar para fines publicitarios el nombre de fantasía de “Eurocel PV Ltda. Objeto social: El objeto de la Sociedad será la inversión, en el extranjero, en toda clase de bienes, ya sea corporales o incorporales, muebles e inmuebles, incluyendo especialmente, de forma no taxativa y meramente ejemplar, todo tipo de valores mobiliarios, tales como acciones de sociedades anónimas, derechos en otras sociedades, bonos, debentures y toda clase de depósitos en divisas y cualquier otro contrato o convenio que la Junta de accionistas acuerde. Asimismo, la Sociedad podrá? realizar cualesquier otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad. Duración: La duración de la Sociedad será de 10 años, contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará en forma tácita, sucesiva y automática por períodos de 10 años cada uno, según los señalado en escritura extractada. Administración: La Administración y el uso de la razón social corresponderá a administradores denominados “Administradores Clase A” y “Administradores Clase B” que tendrán la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, estarán investidos de una o más de las facultades que se enumeran en escritura extractada. Los socios designaron como Administradores, los siguientes: “Administradores Clase A”: Los señores Alejandro Saval Bravo, Rodrigo Saval Bravo y a doña María Isabel Saval Bravo y “Administradores Clase B”: Don Alejandro Saval Bravo, doña María Isabel Saval Bravo; don Rodrigo Saval Bravo; doña Carolina Pérez-Iñigo González y don Luis Tapia Cortes. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país. Capital: El capital de la Sociedad es $4.383.968.804, que se aporta de la siguiente manera: a) Sociedad de Inversiones Celta SpA, se obliga aportar $2.891.282.383, equivalentes al 65,95% del capital social pagando en este acto, $1.878.608.084 y el saldo lo pagará en un plazo de 5 años contados desde la fecha de escritura extractada; b) Euro Laboratorios Limitada, aporta $826.080.681, representativos del 18,84% del capital social; pagando en este acto, $318.006.269 y el saldo lo pagará en un plazo de 5 años contados desde la fecha de escritura extractada; c) Inversiones Hermanos Saval Limitada, aporta $413.040.340, representativos del 9,42% del capital social; pagando en este acto $227.836.162 y el saldo lo pagará en un plazo de 5 años contados desde la fecha de escritura extractada; d) Inversiones Alejandro Saval Bravo SpA, aporta $126.782.699, representativos del 2,89% del capital social, pagando en este acto, $30.072.145 y el saldo lo pagará en un plazo de 5 años contados desde la fecha de escritura extractada; e) Inversiones Rodrigo Saval Bravo SpA, aporta $126.782.699, representativos del 2,89% del capital social, pagando en este acto, $30.072.145 y el saldo lo pagará en un plazo de 5 años contados desde la fecha de escritura extractada. Los aportes de capital que se pagan parcialmente en ese mismo acto, se enteran en la forma señalada en la Cláusula Primera Transitoria de los estatutos. La responsabilidad de los socios quedará limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 12 de octubre de 2021.