MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EDUARDO HUGEAT VERGARA Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 78717600-3 CVE 2026080
Fecha instrumento
2 de septiembre de 2021
Notaría
Quinta Normal

Instrumento

Fecha
2 de septiembre de 2021
Notario
Hugo Emilio Cataldo Muñoz
Oficio
1ª Notaría de Quinta Normal
Comuna
Quinta Normal

Objeto social

El objeto de la sociedad será: uno) La explotación de camiones y vehículos propios o ajenos destinados al transporte de carga; Dos) el transporte terrestre de carga por carreteras, ya sea en Chile como en el extranjero, con vehículos propios o de terceros; Tres) El arrendamiento o alquiler, leasing, sub-leasing y todo otro contrato de mera tenencia de vehículos propios o de terceros. Cuarto) La provisión de personal para el transportes y actividades conexas y ligadas a este; Quinto) La provisión de servicios de administración, logística y planificación; Sexto) La comercialización de repuestos, partes y piezas de máquinas y vehículos en general, y además; Sexto) actividades conexas o complementarias de las anteriores y cualquiera otro negocio que los socios acuerden. Demás antecedentes en escritura extractada.- Santiago, 2 de septiembre de 2021

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Hugo Emilio Cataldo Muñoz, Notario Público, Interino de la 1ª Notaría de Quinta Normal, con oficio en calle Mapocho Nº 4167, Quinta Normal. CERTIFICO: Por escritura pública de modificación, de esta fecha, ante mí, EDUARDO ENRIQUE HUGEAT POLANCO, por sí y en su calidad de mandatario común de la sucesión de don Eduardo Enrique Hugeat Vergara constituida por don Eduardo Enrique Hugeat Polanco y doña Olga Vitalia Polanco Salazar, domiciliado en Caupolicán 1680 Renca, modifica el estatuto social de EDUARDO HUGEAT VERGARA Y COMPAÑÍA LIMITADA en cuanto amplia el giro de la compañía que será: “CUARTO: DEL OBJETO: El objeto de la sociedad será: uno) La explotación de camiones y vehículos propios o ajenos destinados al transporte de carga; Dos) el transporte terrestre de carga por carreteras, ya sea en Chile como en el extranjero, con vehículos propios o de terceros; Tres) El arrendamiento o alquiler, leasing, sub-leasing y todo otro contrato de mera tenencia de vehículos propios o de terceros. Cuarto) La provisión de personal para el transportes y actividades conexas y ligadas a este; Quinto) La provisión de servicios de administración, logística y planificación; Sexto) La comercialización de repuestos, partes y piezas de máquinas y vehículos en general, y además; Sexto) actividades conexas o complementarias de las anteriores y cualquiera otro negocio que los socios acuerden. Demás antecedentes en escritura extractada.- Santiago, 2 de septiembre de 2021.