CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inkia Chile II SpA

RUT 59173710-4 CVE 2025963
Capital
$15.772.669.540 CLP
Fecha instrumento
15 de septiembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de septiembre de 2021
Repertorio
14661/2021
Notario
GUSTAVO MONTERO MARTÍ
Oficio
Titular de la 48° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$15.772.669.540 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades, las que podrá llevar a cabo directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /a) Efectuar toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, entre relación a toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y comprar, vender, permutar, arrendar, adquirir o enajenar, a cualquier título, bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, así como explotar y administrar los mismos, sean de su propiedad o de terceros, por cuenta propia o de terceros; /b) Participar en toda clase de sociedades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza u objeto, civiles o comerciales, ya sean anónimas, de responsabilidad limitada, por acciones u otras; c) La prestación de toda la clase de servicios, consultorías y asesorías técnicas, operativas, informáticas y empresariales en general; y d) En general realizar cualquier otra actividad que se relaciones directa o indirectamente con las anteriores

Administración

La Sociedad será administrada por un administrador (en adelante, el “Administrador”), quien podrá ser accionista o no de la Sociedad, o una persona natural o jurídica, y a quien le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. De acuerdo a lo establecido en la Cláusula Séptima de los estatutos de la Sociedad, el Administrador de la Sociedad es Inkia Chile (Holdings) Limited, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y deberá actuar por intermedio de uno o más mandatarios designados en conformidad a lo dispuesto en la escritura extractada. Respecto de esta designación, se entenderá que la inscripción del presente extracto importa el cumplimiento de las formalidades establecidas en los estatutos de la Sociedad para la designación del Administrador

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Limited socio 59173710-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GUSTAVO MONTERO MARTÍ, Notario Público Suplente del Titular de la 48° Notaría de Santiago, don Roberto Antonio Cifuentes Allel, con domicilio en Avenida Apoquindo 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, Santiago, certifico: Por acuerdo sin forma de junta suscrito mediante escritura pública de fecha 15 de septiembre de 2021, otorgada ante mí, bajo el repertorio N°14.661/2021, Inkia Holdings (Chile) Limited, Rol Único Tributario N°59.173.710-4, en calidad de único accionista de Inkia Chile SpA, acordó la división de la Sociedad, con efecto a contar de la fecha de la escritura extractada, en una sociedad continuadora que conservará su razón social, y una nueva sociedad por acciones que se denominará Inkia Chile II SpA (en adelante, la “Sociedad”), correspondiendo la totalidad de las acciones de ésta última sin cargo y de pleno derecho al único accionista de la Inkia Chile SpA (esto es, Inkia Holdings (Chile) Limited), de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: El nombre o razón social de la sociedad por acciones será “Inkia Chile II SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades, las que podrá llevar a cabo directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /a/ Efectuar toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, entre relación a toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y comprar, vender, permutar, arrendar, adquirir o enajenar, a cualquier título, bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, así como explotar y administrar los mismos, sean de su propiedad o de terceros, por cuenta propia o de terceros; /b/ Participar en toda clase de sociedades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza u objeto, civiles o comerciales, ya sean anónimas, de responsabilidad limitada, por acciones u otras; c) La prestación de toda la clase de servicios, consultorías y asesorías técnicas, operativas, informáticas y empresariales en general; y d) En general realizar cualquier otra actividad que se relaciones directa o indirectamente con las anteriores. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $15.772.669.540, dividido en 15.772 acciones, ordinarias, de una misma y única serie, y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por Inkia Chile (Holdings) Limited con anterioridad a la fecha de la escritura extractada. Administración: La Sociedad será administrada por un administrador (en adelante, el “Administrador”), quien podrá ser accionista o no de la Sociedad, o una persona natural o jurídica, y a quien le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. De acuerdo a lo establecido en la Cláusula Séptima de los estatutos de la Sociedad, el Administrador de la Sociedad es Inkia Chile (Holdings) Limited, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y deberá actuar por intermedio de uno o más mandatarios designados en conformidad a lo dispuesto en la escritura extractada. Respecto de esta designación, se entenderá que la inscripción del presente extracto importa el cumplimiento de las formalidades establecidas en los estatutos de la Sociedad para la designación del Administrador. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. GUSTAVO MONTERO MARTÍ, Notario Público Suplente, 48° Notaría de Santiago. Santiago, 8 de octubre de 2021.