COMERCIAL Y SERVICIOS PEREZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de octubre de 2021
- Notario
- RAUL FARREN PAREDES
- Oficio
- Notaria de Viña del Mar
- Comuna
- Viña del
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
- Domicilio
- la comuna de Los Vilos
- Duración
- comenzará a regir con esta fecha y durará hasta el treinta de Diciembre del año dos mil veinticinco, plazo que se entenderá renovable a su vencimiento en forma automática, tácita y sucesiva, y por periodos de cinco años, según lo señalado clausula decima primera
Objeto social
La explotación, en todas sus formas, de estaciones de servicios, compraventa, distribución y comercialización de combustibles, lubricantes, aditivos, insumos, materiales de limpieza, repuestos, accesorios, partes y piezas de vehículos. La compra, venta, distribución, comercialización, arrendamiento, el lavado, limpieza, reparación, restauración y servicio técnico de vehículos. La compra, venta, elaboración, fraccionamiento, envasado de comidas, bebidas y alimentos en general, cigarrillos, artículos de aseo y decoración, y demás bienes de uso y consumo personal o domestico y de los demás productos que decidan los socios; la compra, venta y arrendamiento de grabaciones de audio y video, de los soportes físicos para el registro de voz, imágenes y datos, de diarios, revistas, libros y demás medios de comunicación, visual, oral, escrita y de cualquiera otra naturaleza; la prestación de revelado y copiado de fotografías, fotocopiado, facsímil, telefonía, correo electrónico, acceso a Internet, cajeros automáticos, cobranza y recaudación de cuentas de servicios domiciliarios y demás servicios a particulares; la prestación de empresas o entidades que se dediquen a los mismos rubros u otros similares, paralelos o complementarios, la prestación de servicios de administración, contabilidad y asesoria a otras empresas o personas que desarrollen tales actividades; la compra, venta, comercialización por cuenta propia o de terceros, la importación, exportación, confección y fabricación de productos del área textil. La realización de toda clase de negocios, actos y contratos conductores a los fines enunciados, y los demás que acuerden los socios de común acuerdo
Administración
administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social corresponderá al socio don ANGEL ARMANDO AGUAYO PEREZ, quien actuando por la sociedad personalmente o a través de mandatario y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, con facultades de la cláusula tercera
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAUL FARREN PAREDES, Abogado, Notario Público, Titular de la Notaria de Viña del Mar, con oficio en Villanelo 66, de esta comuna, certifica: ANGEL ARMANDO AGUAYO PEREZ, chileno, soltero, Ingeniero Comercial, y don DAGOBERTO ANDRES AGUAYO PEREZ, chileno, soltero, empleado, ambos con domicilio en Parcela ciento sesenta, Condominio Santa Rosa, Comuna Lampa, Ciudad de Santiago, de paso en esta; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá en todas sus partes por las cláusulas siguientes, las normas de la ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores y en lo no previsto en dicha norma, por el Código de Comercio y Código Civil en cuanto fueren pertinentes y aplicables: cuya RAZON SOCIAL: COMERCIAL Y SERVICIOS PEREZ LIMITADA, pudiendo actuar, contratar y funcionar inclusive con el Fisco, Bancos e Instituciones Financieras y Empresariales de toda índole, con el nombre de fantasía COMERCIAL PEREZ LTDA. DOMICILIO: tendrá su domicilio en la comuna de Los Vilos, sin perjuicio de establecer sucursales, agencias u oficinas en otros lugares del país o del extranjero. OBJETO: La explotación, en todas sus formas, de estaciones de servicios, compraventa, distribución y comercialización de combustibles, lubricantes, aditivos, insumos, materiales de limpieza, repuestos, accesorios, partes y piezas de vehículos. La compra, venta, distribución, comercialización, arrendamiento, el lavado, limpieza, reparación, restauración y servicio técnico de vehículos. La compra, venta, elaboración, fraccionamiento, envasado de comidas, bebidas y alimentos en general, cigarrillos, artículos de aseo y decoración, y demás bienes de uso y consumo personal o domestico y de los demás productos que decidan los socios; la compra, venta y arrendamiento de grabaciones de audio y video, de los soportes físicos para el registro de voz, imágenes y datos, de diarios, revistas, libros y demás medios de comunicación, visual, oral, escrita y de cualquiera otra naturaleza; la prestación de revelado y copiado de fotografías, fotocopiado, facsímil, telefonía, correo electrónico, acceso a Internet, cajeros automáticos, cobranza y recaudación de cuentas de servicios domiciliarios y demás servicios a particulares; la prestación de empresas o entidades que se dediquen a los mismos rubros u otros similares, paralelos o complementarios, la prestación de servicios de administración, contabilidad y asesoria a otras empresas o personas que desarrollen tales actividades; la compra, venta, comercialización por cuenta propia o de terceros, la importación, exportación, confección y fabricación de productos del área textil. La realización de toda clase de negocios, actos y contratos conductores a los fines enunciados, y los demás que acuerden los socios de común acuerdo. ADMINISTRACION: administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social corresponderá al socio don ANGEL ARMANDO AGUAYO PEREZ, quien actuando por la sociedad personalmente o a través de mandatario y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, con facultades de la cláusula tercera. CAPITAL SOCIAL: es $30.000.000, don ANGEL ARMANDO AGUAYO PEREZ, aporta $21.000.000, al contado, dinero en efectivo, que ingresan en este acto a la caja social, equivalente al 70% por ciento de los derechos sociales; don DAGOBERTO ANDRES AGUAYO PEREZ, aporta $9.000.000, al contado, dinero en efectivo, los que ingresan en este acto a la caja social, equivalente al 30% de los derechos sociales. LIMITACION: La responsabilidad de los socios quedará limitada al monto de sus respectivos aportes. UTILIDADES: se repartirán entre los socios del mismo modo en que participan en el capital social, e idéntica repartición sufrirán las pérdidas FALLECIMIENTO: fallecimiento de alguno de los socios, continuará con los herederos del socio fallecido, los que deberán designar un representante común ante la sociedad. LIQUIDACION: liquidación de la sociedad será hecha por los propios socios, estando de acuerdo sobre la forma de proceder a ello. A falta de acuerdo, actuará con iguales facultades un árbitro que más adelante se determina como se designa. VIGENCIA: comenzará a regir con esta fecha y durará hasta el treinta de Diciembre del año dos mil veinticinco, plazo que se entenderá renovable a su vencimiento en forma automática, tácita y sucesiva, y por periodos de cinco años, según lo señalado clausula decima primera. Demás clausulas consta en la escritura extractada. Viña del Mar, 12 de Octubre de 2021.