CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

AJEK SpA

RUT 5787957-2 CVE 2024827
Fecha instrumento
5 de octubre de 2021

Instrumento

Fecha
5 de octubre de 2021
Notario
MARCELA MEDINA RICCI
Domicilio
San Miguel

Objeto social

La inversión, en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, acciones o derechos y en general, todo negocio, operación o actividad que acordaren los

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a un administrador, o a más de un administrador, que representará a la sociedad con plenos poderes y que será elegido por la Junta de Accionistas por el voto conforme de la mitad más uno de las acciones. Artículo Segundo Transitorio: Se designan como primeros administradores de la sociedad, a don MIGUEL ÁNGEL EBLEN KADIS, cédula de identidad 5.787.961-0, actuando conjuntamente con uno cualquiera de don AUGUSTO JOSÉ EBLEN KADIS, don CHRISTIAN AUGUSTO EBLEN NAZAL, cédula de identidad 17.089.294-1, don FRANCISCO JAVIER EBLEN NAZAL, cédula de identidad 16.208.669-3, o doña NICOLE EBLEN NAZAL, cédula de identidad 15.643.177-K. En caso de fallecimiento o incapacidad de don Miguel Ángel Eblen Kadis, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, la sociedad será administrada por don RAMÓN EBLEN KADIS, cédula de identidad 4.346.072-5, actuando conjuntamente con uno cualquiera de don AUGUSTO JOSÉ EBLEN KADIS, don CHRISTIAN AUGUSTO EBLEN NAZAL, don FRANCISCO JAVIER EBLEN NAZAL o doña NICOLE EBLEN NAZAL. En caso de fallecimiento de Augusto José Eblen Kadis, lo que se acreditará con el respectivo certificado de defunción, la sociedad será administrada por don CHRISTIAN AUGUSTO EBLEN NAZAL, don FRANCISCO JAVIER EBLEN NAZAL o doña NICOLE EBLEN NAZAL, quienes actuando dos cualquiera de ellos conjuntamente detentaran todas y cada una de las facultades señaladas en el estatuto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELA MEDINA RICCI, Notario Público de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa número 7.955, certifica: Por escritura pública de hoy ante mí, AUGUSTO JOSÉ EBLEN KADIS, cédula de identidad 5.787.957-2, constituye una sociedad por acciones. Razón social: AJEK SpA. Objeto: La inversión, en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, acciones o derechos y en general, todo negocio, operación o actividad que acordaren los accionistas. Capital: 2.000.000.000 de pesos, dividido en 10.000 acciones nominativas de una sola serie, sin valor nominal. Capital se encuentra íntegramente suscrito y parcialmente pagado conforme se detalla en el artículo primero transitorio del estatuto. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a un administrador, o a más de un administrador, que representará a la sociedad con plenos poderes y que será elegido por la Junta de Accionistas por el voto conforme de la mitad más uno de las acciones. Artículo Segundo Transitorio: Se designan como primeros administradores de la sociedad, a don MIGUEL ÁNGEL EBLEN KADIS, cédula de identidad 5.787.961-0, actuando conjuntamente con uno cualquiera de don AUGUSTO JOSÉ EBLEN KADIS, don CHRISTIAN AUGUSTO EBLEN NAZAL, cédula de identidad 17.089.294-1, don FRANCISCO JAVIER EBLEN NAZAL, cédula de identidad 16.208.669-3, o doña NICOLE EBLEN NAZAL, cédula de identidad 15.643.177-K. En caso de fallecimiento o incapacidad de don Miguel Ángel Eblen Kadis, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, la sociedad será administrada por don RAMÓN EBLEN KADIS, cédula de identidad 4.346.072-5, actuando conjuntamente con uno cualquiera de don AUGUSTO JOSÉ EBLEN KADIS, don CHRISTIAN AUGUSTO EBLEN NAZAL, don FRANCISCO JAVIER EBLEN NAZAL o doña NICOLE EBLEN NAZAL. En caso de fallecimiento de Augusto José Eblen Kadis, lo que se acreditará con el respectivo certificado de defunción, la sociedad será administrada por don CHRISTIAN AUGUSTO EBLEN NAZAL, don FRANCISCO JAVIER EBLEN NAZAL o doña NICOLE EBLEN NAZAL, quienes actuando dos cualquiera de ellos conjuntamente detentaran todas y cada una de las facultades señaladas en el estatuto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 5 de octubre de 2021.