AGRICOLA NANCAGUA LIMITADA
Instrumento
- Notario
- JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
- Oficio
- CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES
Sociedad
- Capital
- $800.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Los Angeles
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: La explotación a cualquier título de predios agrícolas propios o ajenos, actividades de silvicultura, ganadería, prestaciones de servicios personales o mecanizados a terceros de apoyo a la agricultura y forestales, generación, transmisión y distribución de energía eléctrica provenientes de paneles solares o energía eólica, transporte de carga por carretera, arriendo y subarrendamiento de predios agrícolas y no agrícolas, la comercialización de sus productos, su importación y exportación y, en general, cualquier inversión de índole agropecuaria o silvo-agropecuaria, y lo que los socios de común acuerdo convengan
Administración
La sociedad será administrada por un Directorio, sin perjuicio de las facultades que corresponden a la totalidad de los accionistas actuando en conjunto o a la Junta de Accionistas, el que tendrá se regirá por las reglas establecidas en el ARTICULO DECIMO QUINTO de la Escritura Extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, ABOGADO, NOTARIO PUBLICO TITULAR DE LA CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES, Caupolicán número 355, de esta ciudad, certifica: Que, por Escritura Pública, REP. 5354-2021, hoy ante mí: don EDUARDO CARLOS WELDT SUAZO, Biólogo; y doña MARCELA DE LOURDES CARMONA ALBA, Educadora de Párvulos, ambos domiciliados en Avenida Las Industrias 15.800, ex ruta 5 sur, kilómetro 518, comuna de Los Angeles, como únicos socios de la sociedad “AGRICOLA NANCAGUA LIMITADA”, Rol único Tributario número 78.054.070-2, constituida por Escritura Pública de fecha 7 de Noviembre del año 1.990, otorgada ante el Notario Público de Los Angeles, don Raúl Hernán Morales Adriasola, Repertorio número 45, y cuyo extracto se inscribió a fojas 206 vuelta número 142 en el Registro de Comercio del año 1.990 del Conservador de Bienes Raíces de Los Angeles y se publicó en el Diario Oficial de fecha 14 de Noviembre del año 1.990, Edición número 33.818; modificada por escritura pública de fecha 19 de Diciembre del año 2.007, otorgada ante el Notario Público de Los Angeles, don Selim Parra Fuentealba, Repertorio número 6.853 - 07, y cuyo extracto se inscribió a fojas 4 número 2 en el Registro de Comercio del año 2.008 del Conservador de Bienes Raíces de Los Angeles y se publicó en el Diario Oficial de fecha 4 de Enero del año 2.008, Edición número 38.952, convinieron en transformar la Sociedad “AGRICOLA NANCAGUA LIMITADA”, en Sociedad por Acciones, cuyos Estatutos son los siguientes: RAZON SOCIAL: “AGRICOLA NANCAGUA SpA.”.- DOMICILIO: El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Los Angeles, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que los Accionistas acuerden establecer en el país o en el extranjero.- OBJETO: El objeto de la sociedad será: La explotación a cualquier título de predios agrícolas propios o ajenos, actividades de silvicultura, ganadería, prestaciones de servicios personales o mecanizados a terceros de apoyo a la agricultura y forestales, generación, transmisión y distribución de energía eléctrica provenientes de paneles solares o energía eólica, transporte de carga por carretera, arriendo y subarrendamiento de predios agrícolas y no agrícolas, la comercialización de sus productos, su importación y exportación y, en general, cualquier inversión de índole agropecuaria o silvo-agropecuaria, y lo que los socios de común acuerdo convengan.- ADMINISTRACION: La sociedad será administrada por un Directorio, sin perjuicio de las facultades que corresponden a la totalidad de los accionistas actuando en conjunto o a la Junta de Accionistas, el que tendrá se regirá por las reglas establecidas en el ARTICULO DECIMO QUINTO de la Escritura Extractada.- CAPITAL: El Capital de la Sociedad es la suma de $800.000.000, el cual se encuentra dividido en 800.000 acciones nominativas de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan enteramente, del siguiente modo: UNO.- Don EDUARDO CARLOS WELDT SUAZO, suscribe 400.000 acciones, ordinarias de la serie única, equivalentes a la suma de $400.000.000, totalmente pagadas; y DOS.- Doña MARCELA DE LOURDES CARMONA ALBA, suscribe 400.000 acciones, ordinarias de la serie única, equivalentes a la suma de $400.000.000, totalmente pagadas.- DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración indefinida, comenzando a regir desde esta fecha de celebración de la presente Escritura.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Los Angeles, 6 de Octubre 2.021.-